Hace seis años se llegó a pensar que los municipios podrían colaborar en la recaudación de impuestos como el IVA, uno de los dos impuestos más importantes de nuestra estructura tributaria, –el otro es el ISR– el cual lo administra el Gobierno federal, sustituyendo al Impuesto sobre Ingresos Mercantiles desde 1980.
Este impuesto se aplica por primera vez en 1965 en Francia. En México, después de que David Ibarra convenció al presidente López Portillo de su entrada en vigor, se aprobó en la Cámara de Diputados en 1978, al igual que la Ley de Coordinación Fiscal, pero dado críticas contra el llamado efecto inflacionario del impuesto, se retrasó su legislación hasta 1980, con una tasa del 10 por ciento.
Tenemos un sistema impositivo concurrente, esto es que puede haber doble tributación, donde lo podrían aplicar los estados y el Gobierno federal; sin embargo al adherirse al sistema nacional de coordinación fiscal, los estados dejan en suspenso el uso de estas potestades tributarias, a cambio de recibir participaciones, esto es, un porcentaje de la recaudación federal de los impuestos, hoy llamados federales, recaudación que realiza el SAT, dejando además un mecanismo de cooperación a través del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal, donde los estados pueden auditar, entre otros impuestos, el IVA.
Por un tiempo, las entidades federativas recaudaban el impuesto; sin embargo, no funcionó porque había estados donde las devoluciones eran mayores que lo recaudado, la misma era asimétrica, por ejemplo, los estados del sur recaudaban una parte mínima y recibían el resto de sus participaciones, de lo que depositaban en TESOFE. Fue desafortunadamente una experiencia fallida.
Se requería de voluntad política para ello, sin embargo, el SAT ha operado con eficiencia, tan es así que las participaciones, que son un porcentaje de la recaudación federal participable, crecen de acuerdo a lo programado, excepto en algunos momentos de crisis, como en 1998. Se habló algún tiempo de crear un impuesto estatal a las ventas, lo que significaría una reducción del IVA en el mismo monto; sin embargo, al final fue un impuesto a las ventas finales, cuya recaudación no llegaría ni al 10 por ciento de un punto del IVA. Obvio no prosperó.
Por otra parte, los municipios son responsables de cobrar el impuesto predial, sin embargo, han sido muy pobres sus resultados. Apenas llegamos al 0.2 por ciento del PIB y si quitamos a la CDMX, que ha sido eficiente, apenas estaríamos a la mitad.
Está bien revisar cualquier reforma en la materia, pero antes, los gobiernos subnacional y local deben cobrar lo que han tenido como el impuesto a la tenencia y el impuesto predial. Son pocos los estados los que sostienen la tenencia, pero por razones “políticas” lo eliminaron, y después estiraban la mano a la SHCP.
Por otra parte, debe ser claro que la coordinación fiscal es entre estados y federación, y los municipios se coordinan con los gobiernos estatales, incluso en algunos han existido sistemas de coordinación fiscal estado – municipios.
En el caso del predial, la recaudación se concentra en no más de cien municipios de los cerca de 2 mil 500 que hay en el país, por ello primero deben cobrar con eficiencia los impuestos locales. Se puede. Y gastar los recursos con transparencia y honestidad.