Dolores Padierna

Impacto de la negativa a entregar los LTG en Chihuahua

La petición promovida por la gobernadora de Chihuahua de suspender la distribución de los Libros de Texto Gratuito era contraria al interés superior de la niñez y una clara afrenta a sus derechos constitucionales.

El gobierno de Chihuahua, lejos de acatar la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de entregar inmediatamente los Libros de Texto Gratuito a las niñas y niños de ese estado, permanece en la actitud violatoria de la Constitución y del derecho humano a la educación ahora maniobrando para seguir mal educando con los libelos -que no libros de texto- alejados del Plan y los Programas de Estudio nacionales que entregó en las escuelas, sin ninguna autorización ni legalidad que lo permita.

Ese gobierno debe saber que el artículo 4º Constitucional señala como obligación del Estado privilegiar, en cada una de sus decisiones y actuaciones, el interés de las niñas y niños y optar siempre por el mayor beneficio hacia ellos; Maru Campos desconoce que una de las formas más efectivas que tiene el Estado para cumplir con dichas obligaciones en cuanto a la educación son, sin lugar a dudas, los Libros de Texto Gratuitos, que fueron elaborados por la Dirección General de Materiales Educativos de la SEP, el órgano administrativo especializado que el Estado posee para atender temas educativos; por lo tanto, coinciden en su totalidad con los Planes y Programas de Estudio nacionales. Su elaboración representó no sólo un avance en cuanto a la forma de entender la educación, sino un beneficio para más de 24 millones de estudiantes.

Dado lo anterior, la petición promovida por la gobernadora de Chihuahua de suspender la distribución, utilización y aprovechamiento de los LTG, además de infundada e irracional, era contraria al interés superior de la niñez y una clara afrenta a sus derechos constitucionales. Por si fuera poco, suspender la distribución de los LTG durante el ciclo escolar dejaba sin poder desempeñar el derecho a la educación ya que se despojaba a la niñez de los elementos mínimos necesarios para ejercerlo, además de representar una carga desproporcionada para aquellas familias que dependen de la entrega gratuita de dichos materiales. Para la gobernadora de Chihuahua resultaba más importante promover una controversia que garantizar el derecho de los niños y niñas a la educación. Quienes como ella trataron de frenar, sin éxito, la distribución de los LTG, causaron un perjuicio mayor al que supuestamente deseaban frenar; la suspensión dictada dejaba las cosas en una situación peor a la que tenían antes de su dictado.

Pasaron por alto que la Suprema Corte de Justicia de la Nación y los tribunales colegiados establecieron que los juzgadores debían ser deferentes con las autoridades administrativas cuando sus actos implicaran cuestiones especializadas, el gobierno del estado de Chihuahua no es el órgano especializado en materia educativa, es la Secretaría de Educación Pública quien constitucionalmente y por su especialidad, la única instancia que elabora los Libros de Texto Gratuitos.

La sentencia definitiva fue muy clara: la distribución de dichos materiales no sólo se trata de un acto legal y constitucional sino además de evidente urgencia dado lo avanzado del ciclo escolar. La reacción de la gobernadora fue incitar a padres de familia para que se ampararan en contra de dicha resolución, es decir, su afán politiquero pesa más que la responsabilidad con la niñez chihuahuense.

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