Gustavo de Hoyos Walther

La Suprema Corte de USA frente al aborto

El proyecto sostiene que la Constitución no hace referencia al aborto, y no existe tal derecho implícitamente protegido por alguna disposición constitucional.

Hace unos días se dio a conocer en un medio de comunicación digital, un borrador del proyecto elaborado por el juez de la Suprema Corte de Estados Unidos, Samuel Alito, que de aprobarse, anularía el histórico caso Roe vs. Wade, que en 1973 elevó el acceso al aborto a derecho constitucional en Estados Unidos, y hasta la fecha garantiza una protección constitucional para las personas que deciden abortar hasta la llamada viabilidad fetal, que se considera es de alrededor de la semana 20 de embarazo.

En los próximos meses, se estará discutiendo en la Suprema Corte de aquel país el tema que sin duda ha causado revuelo en los ámbitos legales, sociales y políticos, ya que de votarse en el sentido en que aparece el proyecto que se filtró a la prensa, se eliminaría el acceso al aborto en casi la mitad del país norteamericano, considerado en esa nación por los grupos liberales como parte de los derechos reproductivos, y por consecuencia, un elemento de los derechos a la salud, opinión que desde luego no comparten los grupos de pensamiento más ortodoxo.

Aunque hay estados que prohíben completamente el aborto, otros que lo permiten hasta antes de la viabilidad fetal, y una minoría de estados que lo permiten durante todo el curso del embarazo, varias de sus leyes no son aplicables por la garantía constitucional mencionada, al amparo de la cual se ha normalizado el acceso al aborto en la Unión Americana.

En Roe vs. Wade, la decisión de interrumpir un embarazo es parte del derecho a la privacidad que deriva del concepto de libertad personal salvaguardado en la enmienda decimocuarta a la Constitución de Estados Unidos. Sin embargo, por el interés del Estado en proteger la salud y vida prenatal, se determinó un sistema de trimestres para determinar en qué punto puede el Estado interferir con el derecho a la privacidad y regular el acceso al aborto.

Fue en 1992 cuando se volvió a plantear el tema del aborto en el caso Planned Parenthood vs. Casey, donde se mantuvo el razonamiento de Roe, pero la Suprema Corte desechó el marco trimestral en que se basó Roe, e incluyó un parámetro de viabilidad fetal. En consecuencia, actualmente antes de la viabilidad el Estado puede regular el aborto, pero no ejercer una interferencia en la toma de decisiones de la gestante. Después de la citada viabilidad fetal, el Estado puede regular y/o prohibir el aborto.

Al resolverse el caso Casey, la Suprema Corte tenía una composición diferente a la actual, con una mayoría de jueces de inspiración libertal y de orientación progresista, por lo que el precedente de Roe no pudo ser derogado a raíz de la doctrina de stare decisis, en razón de la cual la Suprema Corte debe seguir sus propios precedentes. Sin embargo, la coyuntura se dio ahora, en virtud de la nueva composición del alto tribunal, donde hay tres nuevos jueces de perfil más ortodoxo, designados en el periodo del presidente Donald Trump.

El estatus jurídico actual está en coyuntura, por el caso Dobbs vs. Jackson Women’s Health Organization, sobre la ley de Mississippi de 2018 que prohíbe los abortos después de las 15 semanas de embarazo y sanciona al personal médico encargado de facilitar el aborto. El fiscal general de Mississippi pidió a la Suprema Corte que revoque Roe vs. Wade, lo cual dejaría en manos de los estados de la unión la elaboración de sus propias regulaciones sobre el aborto.

En razón de esto, en diciembre de 2021 la Suprema Corte de Estados Unidos escuchó los alegatos de Dobbs vs. Jackson sobre el acceso al aborto en ese estado; el tema fundamental que se analiza en Dobbs consiste en determinar si todas las prohibiciones de aborto electivo antes de la viabilidad son inconstitucionales.

Cuando se aprobó esta ley, la Jackson Women´s Health Organization presentó el caso ante las cortes federales, quienes suspendieron la aplicación de la ley con base en precedentes que se fundamentaban en Roe vs. Wade, respecto del derecho de la mujer a elegir abortar antes de la viabilidad fetal. Así fue que el estado de Mississipi apeló el caso ante la Suprema Corte, cuyo proyecto se divulgó generando gran escándalo y polémica.

En dicho proyecto de resolución, el juez Samuel Alito estima que Roe vs. Wade debe ser derogado como precedente y argumenta que el razonamiento del que parte Roe en su origen para considerar que el aborto era un derecho constitucional a proteger, era incorrecto.

El proyecto sostiene que Roe y Casey deben ser anulados, debido a que la Constitución no hace referencia al aborto, y no existe tal derecho implícitamente protegido por alguna disposición constitucional, ni siquiera en la cláusula del Debido Proceso de la Decimocuarta Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos.

También se señala que esa disposición se ha sostenido para garantizar algunos derechos que no están mencionados en la Constitución, pero cualquier derecho protegido de este tipo debe estar profundamente arraigado en la historia y tradición de esa nación, e implícito en el concepto de libertad.

Entonces, señala el proyecto, el derecho al aborto no entra dentro de esta categoría, ya que hasta la última parte del siglo XX, tal derecho era completamente desconocido en la ley estadounidense e incluso tradicionalmente el aborto ha sido criminalizado y castigado, por lo que concluye que el argumento hecho en Roe vs. Wade es incorrecto, y por tanto, se debe dejar en manos de cada uno de los estados de la Unión la elaboración de sus propias regulaciones en materia de aborto.

Así, el proyecto en discusión que fue revelado de forma furtiva, considera que el aborto presenta una profunda cuestión moral, pero concluye que la Constitución no prohíbe a los ciudadanos de cada estado regular y en su caso, prohibir el aborto.

En este sentido, cerca de 12 estados de la Unión Americana ya tienen leyes que prohíben el aborto, por lo que de ser anulado el precedente de la Suprema Corte, dichas leyes estatales serían las que reglamentarían la práctica en cada uno de los estados.

Por otra parte, alrededor de nueve estados tienen restricciones importantes al procedimiento abortivo, y cerca de 16 estados instituyen el derecho a llevar a cabo dicha práctica durante todo el embarazo. También hay estados con legislaciones híbridas.

Ahora bien, los posibles escenarios, resultado de la votación del proyecto, que se prevén son:

Escenario 1: La Corte establece un nuevo límite de viabilidad de 15 semanas.- Si la Corte adopta esta posición, 4 por ciento de los abortos que se realizan en Estados Unidos serán impactados. Las leyes de los estados que lo permiten hasta las 23 semanas, deberán ajustarse al nuevo parámetro de viabilidad.

Escenario 2: Roe es derogado completamente.- Los estados serán libres de legislar sobre el tema, así varios estados podrán establecer prohibiciones absolutas, por lo que quienes quisieran obtener un aborto, tendrían que viajar a estados que lo permitan teniendo en cuenta los límites aplicables de cada estado.

Si se confirma la derogación de Roe vs. Wade, Estados Unidos volvería a la situación previa a 1973, cuando cada estado era libre de prohibir o autorizar el aborto.

En días recientes, el líder de los demócratas en el Senado de Estados Unidos anunció que someterá a voto una legislación para proteger el derecho al aborto. Sin embargo, no hay muchas posibilidades de que se apruebe la misma, ya que actualmente el Senado está dividido por la mitad con 50 escaños de republicanos y 50 de demócratas, quienes son mayoría únicamente por el voto de desempate de la vicepresidenta del país. Sin embargo, para aprobar una legislación que eleve a derecho federal el acceso al aborto, se requiere mayoría calificada de 60 votos.

La decisión de la Suprema Corte sobre el aborto podría influir en forma determinante en las elecciones intermedias de noviembre de 2022, que de aprobarse el proyecto del juez Alito, daría al Partido Republicano, e incluso a los demócratas conservadores, una importante victoria ideológica.

Ciertamente, en el escenario más probable, las legislaciones estatales tendrán en sus manos las acciones para restringir o dar acceso al aborto, y a nivel federal, la posibilidad de reglamentar por la vía legislativa el aborto, dependerá de la configuración mayoritaria en las cámaras resultante de las próximas elecciones.

Más allá de la decisión que adopte la Suprema Corte, e incluso con independencia de la opinión que cada cual tenga acerca del aborto, lo que queda de manifiesto es la importancia que reviste la integración de la Suprema Corte en las democracias liberales, para la definición de los grandes temas de interés del país.

Gustavo  de Hoyos Walther

Gustavo de Hoyos Walther

Abogado y Diputado Federal.

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