Hector Galeano

Ni en un día ni a cero costo

 

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El día de hoy la H. Cámara de Diputados probablemente vote el dictamen emitido por la Comisión de Economía de la misma, respecto a la minuta del Senado de la República por la cual se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles. Dicha minuta ha sido promovida bajo la creencia de que la nueva figura de sociedad mercantil, la "sociedad por acciones simplificada", o SAS, podrá constituirse "en un día y a cero costo". ¿Es en verdad así o hay aspectos de relevancia que no se están considerando?

Nuestro país necesita más y mejores empresas, promover la competitividad y agilizar trámites al tiempo que se reduzcan costos, pero necesita sobre todo tener instrumentos sólidos, seguros y eficaces para promover la actividad económica. Los riesgos asociados al dictamen señalado han generado que los fedatarios públicos, tanto notarios como corredores públicos, nos hayamos pronunciado por la revisión de esta minuta, que aunque procede de buenas intenciones, dadas sus omisiones y debilidades es riesgosa y regresiva.

Para empezar, la minuta señala que la apertura de una SAS (perdón por el acrónimo pero es el que conscientemente le han dado sus promotores), requiere contar con la firma electrónica avanzada, FIEL.

Ésta, en efecto, es una identificación que tiene múltiples candados para expedirse y que regulan la relación entre autoridad y particular, pero ninguno para utilizarse para manifestar la voluntad de crear una sociedad. ¿Cuántas personas tienen el respaldo único de su FIEL? En su inmensa mayoría, las personas comparten su FIEL con su asesor contable o fiscal, lo cual tratándose del pago de impuestos o del cumplimiento de obligaciones fiscales no genera incentivos para un uso indebido de la misma. Pero, ahora, no será extraño que se abran empresas a nombres de personas que ni siquiera estarán enteradas de ese acto.

Por si ello fuere poco, la publicidad alrededor de "un día y a cero costo" es engañosa cuál más. Primero se deberá tener la FIEL, lo cual requiere tiempo, siendo optimistas digamos en 24 horas. Luego se tendrá que iniciar el trámite ante la Secretaría de Economía para contar con la denominación o razón social de la empresa, lo que tarda cuando menos 48, si no es que 72 horas más. Ya vamos en tres o cuatro días. El propio Banco Mundial señala que en varias de las ciudades de mayor actividad económica en nuestro país, una empresa se constituye en seis días. Así, pasaremos de ese lapso a cuatro o cinco días, pero con el agravante del enorme hueco que se abrirá para el lavado de dinero más el hecho de que ya no serán los más de 4,000 fedatarios públicos en el país los que usen sus recursos e infraestructura para estos propósitos sino una oficina (¿o dos?) en la Secretaría de Economía, con el consecuente costo para el erario público que ello significa.

Se ha escrito que los fedatarios públicos estamos tratando de proteger una actividad económica, sin embargo la constitución de empresas es sólo uno de los servicios que brindamos a nuestros usuarios. Así, el propósito que nos anima es alertar del grave riesgo que significa dejar el espacio abierto a la creación de empresas fantasmas en una época con creciente robo de identidad, en la que los delitos cibernéticos van al alza y en la que el crimen organizado sigue manejando enormes recursos.

Por eso, hemos propuesto que, cuando menos, en el dictamen a revisar el día de hoy por los Señores Diputados se añada una precisión a nuestro juicio tan sencilla como fundamental y por tanto difícil de declinar: que sea la propia Secretaría de Economía la obligada a dar cumplimiento a todas las disposiciones de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita en el caso de creación de las SAS. Si la autoridad se hace directamente responsable de ello, cuando menos una de nuestras graves preocupaciones podrá ser subsanada. De no ser así, nuestra preocupación será mayor.

El autor es presidente del Colegio Nacional de Notariado Mexicano.

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