La Nota Dura

Hablemos de home office

Parece más una improvisación que un trabajo legislativo serio para que empresas y empleados adapten esta forma de trabajo de manera más justa, dice Javier Risco.

Los diputados se pusieron a legislar sobre el teletrabajo, realidad que llegó para quedarse después de esta pandemia y de esta reclusión obligada. Miles de empresas por todo el país tuvieron que recurrir a que sus trabajadores cumplieran horarios desde casa y todos hemos descargado una decena de aplicaciones para hacer más fáciles las juntas con clientes y equipos de trabajo. Las quejas se repiten en las comidas, en las pláticas a distancia con amigos, o en los comentarios en redes sociales: las empresas y los jefes no están respetando los horarios laborales. La inversión de energía eléctrica ha cargado en los empleados, las horas de comida no existen y muy pocas empresas se han preocupado del impacto psicológico de los últimos meses. El dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados en materia de teletrabajo es interesante por exponer las preocupaciones, pero insuficiente, sin sanciones, y parece más una improvisación que un trabajo legislativo serio para que empresas y empleados adapten esta forma de trabajo de manera más justa.

Vamos por partes, en el dictamen aprobado, que llegará ahora al Senado, se establece que en la modalidad de teletrabajo se deben respetar los derechos laborales de los trabajadores, como tener acceso a seguridad social, así como el "derecho a la desconexión", es decir, que los empleados no podrán ser requeridos por los empleadores fuera de los horarios de trabajo establecidos. Además, se aprobó que las empresas deben absorber los gastos derivados de esta modalidad, incluyendo el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de la electricidad.

Respecto a las responsabilidades de los trabajadores, estos deberán cuidar y conservar los equipos, materiales y útiles que reciban de la empresa, y deberán informar con oportunidad sobre los costos pactados para el uso de los servicios de telecomunicaciones y del consumo de electricidad, derivados del home office.

Suena bien en un mundo ideal, sin embargo, hay un par de puntos preocupantes. El primero tiene que ver con la manera en la que el empleador podrá revisar el trabajo de sus empleados, de acuerdo con el dictamen aprobado: "solamente podrán utilizarse cámaras de video y micrófonos para supervisar el teletrabajo de manera extraordinaria, o cuando la naturaleza de las funciones desempeñadas por la persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo lo requiera"; sin embargo, no se desarrolla ni se explica el punto y el criterio queda del lado del empleador, así que éste puede considerar "extraordinaria" cualquier actividad que decida, ¿cuántos estamos dispuestos a que nuestro jefe ponga cámaras y micrófonos en nuestra casa? Otro punto que se ha quedado en unos cuántos párrafos sin mayor trascendencia: ¿qué pasa si el empleador no respeta los horarios, no paga los servicios utilizados en casa? Hasta el momento sólo se incluye la figura de "inspectores del trabajo" encargados de "comprobar que los empleadores lleven registro de los insumos entregados a las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo, en cumplimiento a las obligaciones de seguridad y salud en el trabajo; vigilar que los salarlos no sean inferiores a los que se paguen en la empresa al trabajador presencial con funciones iguales o similares"; sin embargo, no se incluyen sanciones en caso de que no cumplan con sus responsabilidades.

En fin, buenas ideas que no llevarán a ningún lado, buenas intenciones en un camino que urge legislar con seriedad y que debemos adaptar en el corto plazo.

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