“Esto nos ayuda mucho porque ante la incertidumbre económica y financiera, el que tengamos el Tratado nos garantiza que vamos a mantener nuestras relaciones económicas y comerciales con el mercado más importante, más fuerte del mundo”.
Andrés Manuel López Obrador
La amplia victoria de la coalición Sigamos Haciendo Historia en las elecciones del pasado 2 de junio ha puesto la mirada de muchos mexicanos en las potenciales reformas constitucionales que podrían realizarse en la legislatura que comienza el próximo 1º de septiembre. Una de ellas es la desaparición de diversos órganos constitucionales autónomos, incluyendo la Cofece.
En la discusión de este posible cambio constitucional, se ha dicho que el T-MEC no prescribe la forma específica que debe tener la autoridad de competencia de las partes, y que por lo tanto, no habría implicaciones en ese frente si las funciones que hoy desempeña la Cofece se reasignaran a la Secretaría de Economía.
Esto es erróneo. Cuando, en junio de 2019, el Senado de la República ratificó el texto del tratado que le sometió el presidente López Obrador, México sí se comprometió a una forma institucional específica para su autoridad de competencia: un órgano constitucional autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, tal como existía desde 2013 y sigue existiendo hoy en día.
Concretamente, el capítulo 21 del T-MEC dispone que “cada parte mantendrá una autoridad o autoridades nacionales de competencia responsables de la aplicación de sus leyes nacionales de competencia”.
¿Cómo debe entenderse la obligación de los tres signatarios del T-MEC de “mantener” (no crear, no contar con: mantener) sus respectivas autoridades de competencia? Desde el punto de vista jurídico, la Convención de Viena sobre el derecho de los tratados indica que “un tratado deberá interpretarse de buena fe conforme al sentido corriente que haya de atribuirse a los términos del tratado en el contexto de estos y teniendo en cuenta su objeto y fin”.
‘Mantener’, conforme al Diccionario de la Lengua Española, significa conservar y darle vigor y permanencia a algo, en este caso, al organismo encargado de combatir monopolios y garantizar la libre competencia. Y para México, ese organismo –la Cofece– al momento de la ratificación del tratado ya tenía instrumentos, rango constitucional e independencia del gobierno federal. Eso es lo que se comprometió a mantener México, y esa es la obligación actual de nuestro país. No basta con tener cualquier autoridad de competencia.
La Convención de Viena también habla del contexto, y éste también es relevante aquí. El capítulo 22 del T-MEC dispone que las empresas comerciales del Estado deben competir en igualdad de circunstancias, y que las autoridades administrativas deben actuar de modo imparcial frente a ellas. Una autoridad de competencia que forme parte del Poder Ejecutivo sería orgánicamente cercana a las empresas del Estado y difícilmente podría cumplir con este estándar.
Eliminar a la Cofece o subordinarla a alguna secretaría sería una clara violación al tratado y expondría a México a ser demandado por sus socios comerciales y eventualmente sufrir represalias comerciales. Por ello, cualquier debilitamiento de la Cofece no solo tendría que pasar por una reforma constitucional, sino que también requeriría una renegociación del T-MEC y de otros tratados de libre comercio.
Más allá de nuestras obligaciones internacionales, alterar la estructura de la Cofece o debilitarla probablemente incrementaría el riesgo país de México y ahuyentaría las inversiones ante la pérdida de certidumbre jurídica. El precio de no mantener la Cofece sería muy alto.
Los autores son jefe de la negociación técnica del T-MEC y panelista del T-MEC, respectivamente, socios en Agon Economía|Derecho|Estrategia.