Razones y Proporciones

El mandato del Banxico es con la inflación general

La determinación de aflojar y la intención de continuar relajando la postura monetaria reflejaron un desinterés por el control de la inflación.

La Constitución Política de nuestro país establece que el objetivo prioritario del Banco de México (Banxico) es “procurar la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional”.

El poder adquisitivo es una noción perfectamente entendida por el público y se refiere a los productos y servicios que pueden adquirirse con una suma determinada de dinero.

Una forma común en que los países miden el poder adquisitivo consiste en calcular el nivel de precios de la canasta promedio de consumo de bienes y servicios, en la forma de un índice de precios al consumidor.

En México, el INEGI produce quincenalmente el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), consistente en un promedio ponderado de los precios de la canasta “representativa” de bienes y servicios de los hogares, cuyos ponderadores se extraen de la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares de un “año base”.

En sentido estricto, para que el poder adquisitivo de la moneda fuera estable se requeriría que el índice de precios se mantuviera constante o, alternativamente, que los aumentos se compensaran con disminuciones, y viceversa.

La inflación es el incremento en el nivel general de los precios y su efecto inmediato es mermar el poder adquisitivo del dinero. Este deterioro representa un mal social porque limita arbitrariamente la capacidad de compra de los consumidores, lo cual resulta especialmente severo para los más pobres; genera incertidumbre para las decisiones de las personas y los negocios, e introduce costos e ineficiencias en la economía.

Para evitar estos daños, los cuales pueden llegar a ser significativos, la mayoría de los bancos centrales tiene como objetivo estatutario la “estabilidad de los precios”. El objetivo prioritario del Banxico persigue esta finalidad.

En los años recientes, los bancos centrales han interpretado esta obligación en términos de una inflación “baja y estable”. Las economías desarrolladas la han concretado con una meta de inflación anual de 2.0 por ciento, mientras que las menos desarrolladas, incluyendo México, han sido más indulgentes con la inflación, admitiendo referencias mayores. Desde 2003, el objetivo inflacionario del Banxico ha sido 3.0 por ciento.

Los bancos centrales han establecido metas de inflación moderadamente positivas, y no de cero, por razones que podrían ser debatibles, entre las que destacan: contar con un “amortiguador” que aleje de la deflación, y proporcionar “grasa” al mercado laboral que posibilite reducciones de los salarios reales sin necesidad de disminuir los salarios nominales.

En contraste con los bancos centrales de las economías avanzadas, los cuales por mucho tiempo han logrado su objetivo inflacionario, por lo general, el Banxico ha tolerado inflaciones por arriba de la meta. La brecha de la inflación promedio respecto al objetivo se ha ampliado considerablemente a partir de 2017, cuando México parece haber entrado a un régimen de crecimiento de los precios más elevado. Tal discrepancia representa una violación del mandato constitucional.

La condescendencia del Banxico con la inflación alta se manifestó, una vez más, en la reunión de política monetaria del pasado 8 de agosto, en la que la Junta de Gobierno (JG) decidió continuar la fase de recortes, de cuarto de punto porcentual, de la tasa de interés de referencia, iniciada en marzo de 2024. Además, en el comunicado de prensa, la JG señaló que “hacia delante, prevé que el entorno inflacionario permita discutir ajustes en la tasa de referencia”.

La determinación de aflojar y la intención de continuar relajando la postura monetaria reflejaron un desinterés por el control de la inflación. Ocurrieron a pesar de que: 1) durante los últimos nueve meses la inflación anual exhibió una tendencia ascendente, hasta alcanzar 5.6 por ciento en julio de 2024; 2) la JG incrementó su pronóstico de inflación para el cierre de año; 3) el “balance de riesgos” respecto de la trayectoria inflacionaria prevista por este instituto central continuó sesgado al alza.

Según el mismo comunicado, la JG justificó su decisión recurriendo a distinciones en el INPC. Adujo que la variación anual del componente “subyacente” ha ido a la baja y lo seguirá haciendo, y que la “no subyacente” ha subido pero que bajará.

Este razonamiento presenta, al menos, dos debilidades: primera, se basa en los pronósticos del banco central que han probado recurrentemente subestimar la inflación; y segundo, más importante, ignora que el poder adquisitivo del dinero se degrada con el aumento del INPC, independientemente de su composición.

Convendría que el Banxico atendiera a su mandato constitucional de preservar el poder adquisitivo de la moneda, lo cual se logra haciendo que la inflación general, medida con el INPC, converja a la meta.  Las distinciones entre componentes de este índice no alivian en nada el daño inflacionario que sufre el consumidor.

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