Secretario de Gobierno de la CDMX
La consulta de revocación de mandato representa un gran avance en la democracia. De hecho, en la mitad de las entidades federativas del país existen actualmente normas que establecen la figura de revocación de mandato, en algunos casos en sus constituciones, en otros casos en legislaciones secundarias, pero no se ha aplicado nunca en ningún lugar. El 10 de abril de este año será la primera vez que se haga efectivo el ejercicio de este derecho en la historia de México. Por lo tanto, estamos ante un acontecimiento histórico, inédito y de gran relevancia para la vida democrática del país.
El ejercicio de revocación de mandato implica una serie de ventajas para la ciudadanía: es una forma de participación ciudadana; obliga a los gobernantes a trabajar mejor, pues saben que pueden ser revocados; fortalece el poder ciudadano sobre los gobernantes, abre una vía para quitar a un gobernante de manera democrática y no por medios autoritarios; es una forma también –y esto es muy importante subrayarlo– para que la ciudadanía pueda reconocer el trabajo de un buen gobernante, ratificando su permanencia en el cargo hasta que termine el periodo para el cual lo eligió la ciudadanía.
Pese a esto, nostálgicos del pasado autoritario han buscado boicotear este proceso democrático inédito, principalmente a través del INE, paradójicamente. Una de las tácticas ha sido usar el argumento de la veda electoral para silenciar a la ciudadanía y promover la inmovilidad de la sociedad.
Sin embargo, se ha difundido una falsa idea de la veda. La veda electoral no impide que ciudadanas y ciudadanos se manifiesten abiertamente por revocar el mandato del Presidente o porque el Presidente siga en el cargo.
De acuerdo al artículo 35 de la Ley de Revocación de Mandato es derecho de la ciudadanía promover el ejercicio de la Revocación de Mandato. La ciudadanía puede dar a conocer su posicionamiento sobre la revocación de mandato por todos los medios a su alcance, de forma individual o colectiva.
La única restricción está establecida en el Artículo 33 de la misma ley, que señala que no se podrá contratar propaganda en radio y televisión.
Pero ciudadanos y ciudadanas pueden hacer publicaciones en redes sociales: en Facebook, en Twitter, en Instagram, a través de Tik Toks, por Whatsapp o por cualquier otro medio o red social que esté a su alcance.
Pueden también llevar a cabo reuniones, asambleas, mítines para invitar a participar a la ciudadanía en este ejercicio.
Adicionalmente pueden ocupar bardas privadas (ajenas o propias) para promover y difundir la consulta o para promover su propio punto de vista sobre la consulta.
Asimismo, pueden ocupar impresos como volantes, trípticos, folletos, carteles u otros que informen y convoquen a la participación a favor de una postura determinada.
También, pueden hacer voceos, utilizar altavoces en sus vehículos, en los mercados públicos o tianguis, pueden hacer visitas domiciliarias, pueden enviar cartas a domicilios, pueden hacer canciones, jingles, videos o cualquier tipo de material para promover la participación en la consulta y para difundir su postura sobre la consulta, ya sea por la revocación o ya sea por la ratificación del Presidente de la República.
Ninguna autoridad puede restringir la libertad de ciudadanas y ciudadanos para participar y posicionar su propia postura a lo largo de este proceso.
La veda consiste básicamente en una sola cosa: la prohibición de campañas gubernamentales, a menos que sean sobre salud, educación o protección civil.
Democracia es participación, es libertad, es debate, es expresión de las ideas.
Por eso es inadmisible la postura inquisidora y censora del INE en contra de la ciudadanía que desea participar en este ejercicio.