A un año de la entrada en vigor de la nueva Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, es obligado revisar sus primeros resultados y sus retos de implementación. Un aniversario que se gesta en las inusuales condiciones de una pandemia que ha afectado gravemente el desempeño económico de la mayor parte de los usuarios del sistema y que, en muchos casos, ha llevado a redefinir giros, canales, servicios y modelos de negocio.
Un primer dato esta dado por el índice de presentación de nuevas solicitudes de registro de marcas, que mantiene un crecimiento sostenido similar a la etapa pre-covid. Esta tendencia parece estar cimentada no solo en el marcado dinamismo del comercio en nuestro país, que genera nuevas marcas en ritmos relevantes, sino que acusa también un crecimiento en la cultura de la protección jurídica de los emprendedores en México.
El efecto de la ley, sin embargo, puede medirse en el uso de los nuevos tipos de signos distintivos que regula, entre otros las llamadas marcas olfativas, las de sonido y la imagen comercial. Aún y cuando los números acumulados en el año para esta clase de opciones de protección son reducidos, ya revelan el interés de los empresarios mexicanos por estas novedosas figuras de marcas que son propias de mercados de mayor sofisticación. En el rubro de los modelos industriales, orientados a la protección de nuevas formas de productos que tienen hoy una vigencia de hasta 25 años, se observa también una línea creciente de utilización que revela el éxito de la reforma a favor de la protección.
En la parte en que la nueva ley aún no reporta avances relevantes, a pesar de ser la de mayor atención en su propuesta normativa, es en la del combate a las conductas de competencia desleal y el pago de compensaciones a titulares afectados. Los mecanismos introducidos por la nueva legislación aún están en etapa gestacional, estando aún el IMPI en los preparativos para poder dictaminar daños y perjuicios, poder cobrar multas directamente y sancionar la explotación ilegal de secretos industriales. No es sorpresa que, para estas tareas, será necesario desarrollar infraestructura, capacitar personal especializado e iniciar la aplicación de la ley en áreas que hasta antes de la ley no eran competencia del Instituto.
El otro gran pendiente, a un año de vigencia de la ley, es la necesaria promulgación del reglamento, que sin duda disipará muchas de las incertidumbres existentes y afinará aquellas instituciones que por su novedad han escapado al alcance del anterior ordenamiento. Sabemos que se trabaja ya en el texto respectivo, que dada su relevancia valdrá la pena tomar unos meses adicionales si es a favor de la precisión y la suficiencia.
Otro de los rubros en los que aún no se perciben los efectos es el de las Indicaciones geográficas, que están llamadas a cumplir un papel relevante en el futuro en la protección de productos típicos de diversas comunidades del país. No se trata en este caso de un trámite administrativo que en forma simplificada pueda seguirse, sino de construir toda una infraestructura y una cultura que toma tiempo, alrededor de los activos intangibles que nuestro país posee en las manos de muchos de sus artesanos.
El balance general del año de “nueva ley” lo podemos resumir en que se ha empezado el trabajo en el largo camino de reconstrucción de un sistema de Propiedad Intelectual que empezaba claramente a acusar indiferencia y obsolescencia.