La decisión adoptada por los jueces y magistrados del Poder Judicial Federal para iniciar paro de actividades en esta fecha, como protesta extrema en contra de la iniciativa de reforma impulsada por AMLO, tendrá efectos impredecibles. La primera variable que habrá que definir es la del tiempo que la suspensión de actividades representará, lo que parece estar condicionado al logro de los objetivos que con el mismo se han trazado. Analizando los antecedentes directos de la decisión, es necesario enfatizar que el paro tiene por fundamento la simulación que en el proceso de discusión de la reforma los miembros del Poder Judicial denuncian de la contraparte —y no el contenido de la reforma en sí—.
En efecto, a los supuestos “diálogos” que se sostuvieron con diferentes actores del medio jurídico nacional, lo que siguió fue no solo una marcada indiferencia a los razonados argumentos expresados desde todos los frentes, sino un endurecimiento de los términos de la reforma. Un desplante más de poder, como tantos que hemos presenciado en este sexenio, que no solo imponen criterios arbitrarios, sino que se esmeran en dejar constancia de su impudicia e insensibilidad por las víctimas de sus decisiones.
No tengo la menor duda de que la suspensión de actividades dirigirá los reflectores hacia las diversas instancias del Poder Judicial Federal por las consecuencias —inmediatas y mediatas— que tendrá semejante determinación. A diferencia de la pandemia, que paralizó el total de juicios y procedimientos del sistema de administración de justicia, lo que aquí veremos es cómo se forma un extraordinario “cuello de botella”, como los casos en los que se estrangula una vialidad en un punto convergente.
Para quienes piensen que los procedimientos seguidos ante jueces del orden común —en los diferentes estados de la República— no serán afectados por la suspensión en su desarrollo, les tenemos malas noticias. Al final de estos procedimientos, casi como fórmula sacramental, alguna de las partes recurrirá al juicio de amparo para solicitar se revise el apego de la sentencia a los principios constitucionales, lo que tiene que hacerse ante jueces de distrito, magistrados de colegiados y, en casos selectos, ante los propios ministros de la Corte. Al interrumpirse el flujo de los procedimientos en esa instancia, la parálisis se irá extendiendo, de forma irreversible, al total del aparato judicial hasta convertirlo en una ruta inviable para la solución de controversias.
Este empantanamiento, por lo tanto, afectará tanto a quien desea cobrar una renta atrasada, como a quien reclama el pago por un cheque sin fondos o el cobro de una pensión alimenticia, con una progresión geométrica que por simple fórmula burocrática se incrementará cada día. De hecho, en algo que pudiera interpretarse como “tiro en el pie” podría resultar que el único recurso legal para cuestionar la propia reforma se encuentre paralizado como medida para repudiarla. De ese tamaño es la paradoja.
Para los abogados del país y las barras y organizaciones que los afilian, la decisión del Poder Judicial es un acertijo. Apoyarla como último reducto para resistir el atropello, o denunciarla como un mecanismo ilegal que desconoce el mandato constitucional de “acceso a la justicia”. Yo voy con el primero.