Opinión Mauricio Jalife

Consecuencias del Brexit en propiedad intelectual

Una de las afectaciones que ejemplifican la decisión de la salida de Reino Unido de la Unión Europea se vislumbra en materia de derechos sobre marcas, patentes y derechos de autor.

El 31 de enero de 2020 quedará señalado en el calendario como la fecha en la que, de manera formal y definitiva, el Reino Unido se separa de la Unión Europea, marcando un derrotero que se inició hace tres años, pero que no sabemos aún qué alcances llegará a tener. La salida de este importante bastión de la vida comunitaria de la Europa moderna, aún sin la base ideológica que lo soporte, podría ser el inicio del fin de un sueño regional que a lo largo de varias décadas pudo demostrar su eficacia y legitimación.

La evolución que los esfuerzos unificadores de Europa, desde la posguerra hasta su versión más atrevida, no solo creó un mercado común, sino que construyó autoridades parlamentarias y judiciales supranacionales, acuñando el lenguaje compartido de una misma moneda, tránsito transfronterizo de personas y trabajos sin cortapisas, y un largo etcétera de beneficios y ventajas frente a otras regiones y economías

Como suele suceder en estos escenarios, unos se decían perdedores en el intercambio de lo cedido y lo ganado, hasta el punto en el que la división se impuso, aunque no se sabe a ciencia cierta para qué. Muchos de los arrepentidos votantes del "si" al Brexit, hoy quisieran dar marcha atrás al mirar el daño que su decisión improvisada está gestando. Otros lo miran, sencillamente, como una manifestación más de la reversión del modelo globalizador, hacia un nacionalismo asentado en gobiernos populistas, que recurren a la retórica reivindicadora de una historia avalada por la lógica de los héroes locales que nos dieron patria. Mirar cerca, pensar breve, actuar doméstico, como si el mundo acabase en nuestras aduanas.

Una de las afectaciones que ejemplifican la decisión de la retirada se vislumbra en materia de derechos sobre marcas, patentes y derechos de autor. A partir de que los plazos se cumplan, siendo la primera opción el 31 de diciembre de este año, el Reino Unido ya no formará parte de la llamada "Marca Europea", sistema al amparo del cual un solo registro cubría los territorios de los 27 países miembros. En el viejo sistema, que hoy el Brexit desempolva, cualquier interesado en proteger su marca tenía que peregrinar con registros en cada país.

A pesar de que las autoridades del Reino Unido han anunciado que respetarán los derechos de titulares que en su momento obtuvieron protección comunitaria, otorgándoles un registro específico para el Reino Unido, el cambio no termina con un expediente administrativo, sino que encierra una visión regresiva y desestimulante.

En temas donde acuerdos trascendentales se habían alcanzado, como la Directiva en materia de Derechos de Autor, el Reino Unido ha dejado ya claro que "no necesariamente la observaría". Esta regulación traslada responsabilidad a los proveedores de Internet que permiten y alojan contenidos proporcionados por los usuarios, en el sentido de exigirles que nieguen el acceso a los que vulneren derechos de Propiedad Intelectual, y por otro lado, define la llamada "tasa Google", que consiste en limitar la posibilidad de los motores de búsqueda de indexar información de diarios y sitios de noticias, salvo acuerdo previo de pago de regalías por el uso de la información. Dos grandes pasos en la protección de los autores. Este tipo de acuerdos, basados en la armonización, es lo que se pone en juego con el Brexit.

COLUMNAS ANTERIORES

Paro del Poder Judicial: lo que viene
Catálogo de pueblos indígenas acerca la ley de patrimonio cultural

Las expresiones aquí vertidas son responsabilidad de quien firma esta columna de opinión y no necesariamente reflejan la postura editorial de El Financiero.