Mauricio Jalife

Extienden NOM de etiquetado a autoservicios

El proyecto para regular aspectos de la NOM-051 en tiendas, cadenas y autoservicios, representa el esfuerzo final de las autoridades para completar su regulación de sellos frontales en alimentos y bebidas procesados.

El proyecto de nueva Norma Oficial Mexicana dirigida a regular aspectos de la NOM-051 en tiendas, cadenas y autoservicios, representa el esfuerzo final de las autoridades para completar su regulación de sellos frontales en alimentos y bebidas procesados. Esta vez, los obligados al cumplimiento son las tiendas que expenden los productos, aunque el impacto regulatorio alcanza a todos los fabricantes e importadores de estas categorías.

De concretarse la formación y entrada en vigor de esta NOM, podríamos decir que el proceso completo de comercialización de alimentos que contienen sellos en su etiquetado estaría regulado desde la formulación hasta su etiquetado, su publicidad y su colocación en anaquel. Cuando esta clase de obsesión por disciplinar una actividad se manifiesta con tal rigor y detalle, entonces ya podemos dejar de hablar de regular y empezamos a hablar de sobrerregular. Es, para muchos, la última vuelta de tuerca de la cruzada que el gobierno federal emprendió para 'garantizar' a los consumidores información veraz y simplificada sobre los contenidos y presionar a las empresas a la reformulación para lograr 'productos sanos'.

Mucha tinta ha corrido explicando las muchas razones que llevan a suponer que los objetivos perseguidos están lejos de ser alcanzados por esta vía, que la base científica para su existencia es cuestionable y que las cargas y efectos de la regulación serán contraproducentes. De todas las normas que se han creado o modificado en el proceso, la nueva NOM para autoservicios es, sin lugar a dudas, la más atrevida y cuestionable.

Entre las medidas que contempla el proyecto de norma se contempla la obligación de las tiendas de dividir la ubicación de productos con sellos de aquellos que no los ostentan, con sendos letreros para diferenciarlos. Además, se prohíbe en los puntos de venta realizar publicidad, usar personajes por cualquier medio y en general, imágenes de cualquier tipo que promuevan la venta, es decir, todas. La NOM pretende, además, poner a disposición de los consumidores los estudios elaborados por Profeco para poder ser consultados en el punto de venta. Vamos a pasar del consumidor informado ¿al consumidor documentado?

Las tiendas deberán forzosamente adquirir productos 'sanos' de los pequeños productores nacionales, a los que deberán ofrecer planes especiales de pago para asegurar un constante flujo de estos productos en los anaqueles. Estas ideas, abarrotadas de romanticismo, pasarían por lo anecdótico de no ser porque imponen a las grandes cadenas obligaciones gravosas, injustificadas desde cualquier punto de vista de competencia económica, que implican trato discriminatorio y violación a tratados internacionales.

Escapa a quien diseña estas Normas Oficiales la complejísima logística que involucra el manejo de anaqueles, que obedece a razones de mercadotecnia, rotación de inventarios, caducidades y otros tecnicismos que implican decisiones críticas en la administración de espacios caros, escasos y de dominio privado. El anaquel es el territorio particular del comercializador, que hoy pretende ser redefinido bajo bases de notable incertidumbre.

Da la sensación de que el Poder Judicial federal, que en algún momento contempló la norma de etiquetado con cierta simpatía ante la altura de miras que prometía alcanzar, deberá ahora ajustar el enfoque ante una legislación que tiene por fundamento el despropósito y la improvisación. De seguir adelante el proceso, un nuevo campo de batalla se estará gestando.

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