Documento de Voluntad Anticipada: "Es el instrumento otorgado ante Notario Público en el que una persona con capacidad de ejercicio y en pleno uso de sus facultades mentales, manifiesta la petición libre, consciente, seria, inequívoca y reiterada de ser sometida o no a medios, tratamientos o procedimientos médicos que propicien la Obstinación Terapéutica".
Enfermo en Etapa terminal: "Es el paciente con diagnóstico sustentado en datos objetivos de una enfermedad incurable, progresiva y mortal a corto o mediano plazo, con escasa o nula respuesta a tratamiento específico disponible y pronóstico de vida inferior a seis meses".
Diagnóstico médico del enfermo en etapa terminal: "Es el documento suscrito por el médico tratante, avalado por el Director de la Unidad Médica Hospitalaria o Institución Privada de Salud y autorizado por el Comité Hospitalario de Ética Médica, previo al análisis de la información contenida en el expediente clínico, el cual deberá ser firmado por los mismos".
Obstinación Terapéutica: "Es la adopción de métodos desproporcionados o inútiles con el objeto de alargar la vida en situación de agonía".
Medidas Mínimas Ordinarias: "Consisten en la hidratación, higiene, oxigenación, nutrición o curaciones del paciente en etapa terminal según lo determine el personal de salud correspondiente".
Cuidados Paliativos: "Es el cuidado integral que, de manera específica, se proporciona a enfermos en etapa terminal, orientados a mantener su calidad de vida en las áreas biológica, psicológica y social e incluyen las medidas mínimas ordinarias, así como el tratamiento integral del dolor con el apoyo y participación de un equipo interdisciplinario conformado por personal médico, de enfermería, de psicología, de trabajo social, de odontología, de rehabilitación y de tanatología".
Analgesia Controlada: "Es la prescripción y administración de fármacos por parte del personal de salud para lograr el alivio, inalcanzable con otras medidas, de un sufrimiento físico y psicológico, del enfermo en etapa terminal".
Representante: "Es la persona designada por el enfermo en etapa terminal para la revisión o confirmación de las disposiciones establecidas en el Documento de Voluntad Anticipada, la verificación del cumplimiento exacto e inequívoco de lo establecido en el mismo, la validez, la integración y notificación de los cambios que realicen los mismos".
Fuente: Testimonio de la Escritura de mi propio Documento de Voluntad Anticipada que otorgué en la Notaría 245 de la Ciudad de México.