Salvador Nava Gomar

México Libre

México Libre cumplió con todos los requisitos que la ley exige para ser partido, y siete consejeros del INE introdujeron de manera arbitraria un criterio que no prevé la Constitución.

Revisé la resolución del INE que negó el registro a México Libre. Es una barbaridad jurídica. Me extrañó el revuelo y acusaciones cruzadas, la peculiar e inusual defensa mediática de algunos consejeros y las acusaciones de Margarita Zavala, Felipe Calderón, Fausto Barajas y tantos afiliados a un acto que parecía consumado y según acusan, cambiaron a último momento: horas antes la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del mismo instituto había confirmado por unanimidad la procedencia del registro, y con argumentos que –al menos jurídicamente– no se sostienen, integrantes de esa comisión cambiaron su voto.

Cuentan en los corredores del chisme electoral que incluso varios funcionarios del INE se disculparon con directivos de la asociación que encabeza Margarita Zavala, porque no había elementos para negar el ejercicio del derecho de participación política de más de 263 mil afiliados.

A nadie es ajeno que la pareja Zavala-Calderón es archienemiga del presidente López Obrador, y por ello cualquier injusticia que limite sus derechos es doblemente preocupante, pues trae aparejado el tufo de la injerencia en el que debiera ser el más autónomo de nuestros órganos constitucionales.

Anoto aquí lo que advierto jurídicamente y me preocupa como a cualquier demócrata y liberal:

La principal razón para negar el registro que aduce la autoridad es que hay donativos de personas no identificadas, a través de la plataforma CLIP, en la cual sólo quedan registrados los cuatro últimos números de la tarjeta de débito o crédito de que se trate. El argumento es débil e incompleto, demuestra la falta de diligencia y de deferencia del INE.

De diligencia, pues en otros asuntos, con mucho menos elementos, ha requerido a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores que investigue números que venían impresos en cartones sin ninguna otra referencia, y que se presumía servirían para reconocer a votantes y otorgarles alguna prebenda futura. En este caso, con mucho más elementos (relación del titular de la tarjeta, copia de su credencial del INE, carta en la que reconoce el donativo e incluso su número celular) la autoridad decidió que la persona en cuestión no era identificable. Absurdo.

Y faltó a la deferencia democrática que presume la buena fe y validez de los actos celebrados en los procesos que conoce; y en lugar de resolver frente a la duda a favor de los derechos, lo hizo en contra y sin pruebas.

Hablamos de 263 mil personas que vieron frustrada su expectativa y violados sus derechos, con el agravante de que en México sólo puede constituirse un partido político cada seis años.

Sobre ello se ha pronunciado la Comisión de Venecia, órgano del Consejo de Europa para fortalecer el desarrollo democrático; cuestión que no advirtieron consejeros y consejeras, pero que para su contra, integra como parte el Estado mexicano, nada menos que con la participación directa del Tribunal Electoral y eso, puedo apostar, la máxima autoridad jurisdiccional no lo pasará por alto.

Es evidente que en un Estado constitucional y democrático de derecho los derechos políticoelectorales tienen el rango de derechos fundamentales, y el Instituto violó los de asociación y participación de cientos de miles de ciudadanos que quieren participar en democracia.

La asociación que encabeza Margarita Zavala cumplió con todos y cada uno de los requisitos que la ley exige para ser partido, y eso no es lo peor de la situación: el Instituto Nacional Electoral, bueno, siete consejeros, introdujeron de manera arbitraria un criterio novedoso que no prevé la Constitución, la ley electoral y ni siquiera las mismas reglas que el propio INE emitió justamente para regular el proceso de creación de nuevos partidos. Técnicamente ello viola el principio de certeza, legalidad y seguridad jurídica. No hay tribunal que no vería tan grande atropello.

Se trata de un criterio no previsto, restrictivo, ilegal y que sólo operó contra México Libre. Todo lo anterior se hizo sin derecho de audiencia, con una desproporción en la sanción sin precedentes (suponiendo que tuvieran razón, no es una causal para limitar derechos de tantas personas, si tomamos en cuenta, por ejemplo, que en los videos del hermano del presidente aparece más dinero ilegítimo del que dice el INE que no es identificable por Mexico Libre, pero que sí puede identificarse), e incluso sancionaron por analogía aplicando una regla para otro supuesto, lo que también es inconstitucional.

¿Cuántas veces los consejeros del Instituto se han quejado del manejo de efectivo en los procesos electorales y de la necesidad de formalizar –bancarizar– esas aportaciones? Pues bien, una asociación que quiere ser partido lo hizo y por ello le niegan el registro cerrando los ojos para no ver nombres, datos y hasta teléfonos que podrían responder sus dudas.

Hubo otros criterios francamente extraviados: algunos señalaron la existencia de una supuesta queja, sin conocer su contenido, y por ello decidieron no conceder el registro a pesar de haber votado horas antes que la asociación cumplía con los requisitos. Es difícil no suponer una consigna, pero ese no es mi tema, sino lo que jurídicamente parece evidente y que contradice nuestras normas, los precedentes del INE, las mejores prácticas internacionales y varias jurisprudencias de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, quien por fortuna es el último resorte de nuestra democracia y resolverá, estoy seguro, conforme a derecho.

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