Un tema bastante controversial es la eutanasia, práctica que ya se aplica en varios países del mundo. En México se ha regulado y legislado sobre la ‘muerte digna’, que se reconoce como un derecho basado en la dignidad del final de la vida de los seres humanos.
Legalmente la ‘muerte digna’ es aquel desenlace que desea una persona. Los cuidados paliativos son una herramienta de apoyo para que los seres humanos procuren el mejor final posible.
Las personas pueden dictar cómo finalizar voluntariamente su vida sin sufrimiento cuando la medicina ya no puede remediar sus padecimientos. Esto se hace a través de una carta.
En México existe la voluntad anticipada para tener una muerte digna en ciertas circunstancias.
Voluntad anticipada no es lo mismo que eutanasia. La primera regula la ortotanasia; es decir, la actuación correcta ante la muerte por parte de quienes atienden al que sufre una enfermedad incurable o en fase terminal.
La legislación no permite la eutanasia o acto deliberado de dar fin a la vida de un paciente.
Es importante entender que la voluntad anticipada no prolonga ni acorta la vida, respeta el momento natural de la muerte. Se ofrece acompañamiento al paciente sin intervención médica durante esta última etapa.
Este documento prohíbe a médicos o familiares someter al firmante a tratamientos o procedimientos médicos que pretendan prolongar su vida cuando se encuentre en etapa terminal y, por razones médicas, sea imposible mantenerla de forma natural.
¿En qué casos se aplica la ‘muerte digna’?
Cuando la persona padece alguna enfermedad terminal, en especial adultos mayores, mujeres y solteros.
El 60 por ciento de las solicitudes de voluntad anticipada son firmadas por personas que tienen de 61 a 80 años, y el 64 por ciento de las personas que otorgan su voluntad anticipada son mujeres, de acuerdo a datos del Gobierno de México.