Los mexicanos con cuentas en paraísos fiscales (o países con Régimen Fiscal Preferente), tendrán que informar acerca de los balances que tienen en estas demarcaciones a través de la forma oficial 63 que tendrán que entregar sin excepción en febrero próximo, como parte de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016.
"En todos los casos, se deberá presentar esta declaración informativa a que obligan las disposiciones fiscales usando la forma oficial 63 y consignando todos los valores que se requieren, ya que anteriormente se podía presentar en ceros", detalló información del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP).
Antes se efectuaba de esta manera para evitar la doble tributación a las personas que tenían sus inversiones en países con convenio con México, pero ahora ya no habrá excepciones.
La disposición va principalmente dirigida a personas físicas, porque las morales (empresas) dan cuenta de sus estados financieros. Los cambios se fundamentaron en erogaciones a párrafos de los artículos 176 y 178 de la Ley del ISR.
De acuerdo con la resolución deberán cumplir con esta forma las personas físicas o morales residentes en México o en el extranjero con establecimiento en el país.
Tendrán que informar sus ingresos generados en 2016 -en la forma oficial 63- en el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Deberá contener los ingresos totales que genere el contribuyente a través de dichas figuras o entidades, la utilidad o pérdida fiscal que genere en estos lugares, el tipo de activos que estén afectos a la realización de las actividades y las operaciones que llevan dichas figuras o entidades con residentes en México.
Con ello el SAT tendrá más información para detectar quienes no están cumpliendo con el pago de impuestos por cuentas en el extranjero en México.
Esta información se complementará con los acuerdos que tiene México para el intercambio de información financiera de sus ciudadanos entre 54 países, dijo Herbert Bettinger, director de Bettinger Asesores.