El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) publicó en el Diario Oficial de la Federación la Política para la Transición a la Televisión Digital Terrestre, que establece las reglas que los concesionarios y permisionarios deberán seguir para concluir la transmisión de las señales analógicas a más tardar el 31 de diciembre de 2015.
En el documento, el organismo detalla los requisitos para el apagón analógico, como alcanzar un nivel de penetración de receptores y decodificadores aptos para recibir señales digitales en 90 por ciento o más de los hogares de escasos recursos definidos por la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) en cada área de cobertura.
También establece los mecanismos y coordinación entre el IFT y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para que esta última proporcione la información relacionada a los hogares de escasos recursos definidos por la Sedesol.
Señala que entre los datos que deberán ser entregados están el número de hogares por área de cobertura donde se realizan las transmisiones analógicas, en los que se entregaron receptores y el porcentaje de penetración con receptores o decodificadores digitales, en cada área de cobertura donde se realicen transmisiones analógicas.
Aclara que una vez cumplidos dichos requisitos y para otorgar certeza y seguridad jurídica a los concesionarios y permisionarios de televisión, dictaminará si en el área de cobertura ya se realizan transmisiones digitales.
De igual forma, determinará la fecha y hora de la terminación de transmisiones analógicas correspondiente, la cual deberá darse en un día hábil considerando entre la fecha de su determinación y la realización de éste, para efectos de información al público, un plazo de cuando menos 4 semanas.
Expone que para la determinación de la fecha de la terminación de transmisiones analógicas, el Instituto podrá tomar en cuenta la existencia de procesos electorales.
El organismo precisa que una vez efectuada la terminación de transmisiones analógicas, los concesionarios y permisionarios de televisión sólo podrán usar el canal digital,
Destaca que para la multiprogramación, los concesionarios y permisionarios que quieran hacer uso de ésta deberán cumplir lo previsto en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y en los lineamientos en la materia que se emitan.
Expone que para garantizar la continuidad del servicio de televisión, se estableció la obligación de los concesionarios y permisionarios de replicar con sus transmisiones de televisión digital el área de cobertura de sus señales analógicas, para lo cual podrán usar equipos complementarios de zona de sombra.
El IFT realizará las acciones necesarias para mantener debidamente informada a la población sobre la transición, especificando fecha y hora en que se realizará la terminación de las transmisiones analógicas.
Menciona que los concesionarios y permisionarios del servicio estarán obligados a hacer campañas informativas a sus audiencias sobre este proceso, de acuerdo con la institución.
De esta forma, el IFT establece que se abroga el acuerdo por el que se adopta el Estándar Tecnológico de Televisión Digital Terrestre y se establece la Política para la Transición a la Televisión Digital Terrestre en México, publicado en el DOF el 2 de julio de 2004 y cuya última modificación fue publicada el 7 de mayo de 2014.
Empresas