Telefónica Movistar perdió el amparo promovido en contra de la carta mínima de derechos elaborada por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).
El Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones rechazó el amparo promovido por Pegaso PCS, filial de Telefónica.
Profeco informó que al considerar que la distribución y difusión de la Carta de Derechos Mínimos del Consumidor, sólo es informativa y no afecta a Telefónica Pegaso PCS, la Jueza Silvia Cerón, titular del Juzgado Segundo, determinó sobreseer el amparo promovido por la empresa en contra de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) y del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).
"La Carta de Derechos está dirigida exclusivamente a los particulares y tiene un carácter meramente informativo. La única obligación de las empresas es entregarla a sus clientes. Se requiere de un acto de aplicación concreto que cause afectación real y directa a la empresa y la mera publicación de la carta no afecta a nadie, sino que cumple con la Ley de Telecomunicaciones por parte de Profeco e IFT", señala la determinación.
No obstante, Profeco indicó que la determinación de la jueza aún es susceptible de impugnación, por lo que "ambas instancias por las vías legales necesarias seguirán pugnando por salvaguardar los derechos de las y los consumidores", dijo la dependencia.
El mes pasado, Lorena Martínez, titular de la Profeco indicó en reunión con senadores que se preveía que la resolución fuera favorable a la dependencia.
"Me parece que es una muestra de que no siempre les gusta lo que nosotros decimos que deben de hacer, pero que finalmente tenemos que defender de manera integral los derechos de los usuarios", dijo la funcionaria el pasado octubre.