Mil 410 jueces de Distrito y magistrados de Circuito del país –91 por ciento de la plantilla total–, en las 30 sedes del Poder Judicial de la Federación en todo el país, se manifestaron para defender su salario –en un hecho inédito–, que, aseguran, es un elemento de su autonomía e independencia.
Al respecto, juristas y abogados constitucionalistas coincidieron en que, con la suspensión de la nueva Ley de Remuneraciones a Servidores Públicos y la inoperancia del 127 constitucional, la legislación para reducir salarios en el gobierno federal "está muerta".
El presidente de la Barra Mexicana de Abogados, José Mario de la Garza Marroquín, explicó a El Financiero que ante la acción de inconstitucionalidad promovida por la CNDH y por senadores, "no puede aplicarse la Ley de Remuneraciones y tampoco lo que establece el artículo 127 de la Constitución".
Precisó que "la ley no se puede hacer valer hasta que la Corte resuelva y determine si existen o no violaciones a los derechos humanos, y el 127, para ejercerlo, necesita de una ley reglamentaria para que te indique cómo se va a ejecutar".
Señaló que "si bien no es nuevo el contenido del 127 de la Constitución, no se ha ejercido porque carece de una ley reglamentaria; de no tenerla es muy difícil hacerlo. Es muy complejo. En principio creo que es imposible que se pueda aplicar este artículo. Es muy aventurado decir que van a bajar los salarios. Sin una ley reglamentaria, esta legislación está muerta", remarcó.
Sostuvo que "no hay rechazo a que bajen salarios y prestaciones de privilegio, sino a la forma en que se está haciendo y que genere un conflicto entre Poderes, con descalificaciones y demagogia. Es grave y delicado decir que un alto salario es sinónimo de corrupción".
El director del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, Pedro Salazar, indicó, en entrevista con este diario, que "en principio la Ley de Remuneraciones se aprobó con algunas irregularidades en el Congreso, y hay mucha premura en las interpretaciones, que los propios legisladores pueden corregir y precisar en los términos de la ley para blindar su constitucionalidad y hacerla operante".
En segundo lugar, "la aplicación del 127 de la Constitución es complejo, debido a que sus alcances son también toda una discusión, porque, en principio, la directriz que emana del Poder Ejecutivo debería alcanzar exclusivamente a la administración pública federal, a las entidades y dependencias del Poder Ejecutivo, en el sentido centralizado y en el descentralizado", explicó.
Además –detalló– "también debe quedar claro que la ley establece que no se les puede reducir los salarios a ninguno de los empleados que ya están en funciones. El tope aplicaría para los que se contraten a partir del nuevo gobierno. Pero hay que esperar el resultado de los amparos".
Además, "la ley no contemplaría órganos constitucionales autónomos, porque tienen un estatuto especial, y en algunos incluye la autonomía financiera, que significa el manejo de los recursos con los que cuentan y no forman parte de la administración pública federal".
El también investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, César Astudillo, alertó, en entrevista, que si se busca someter, avasallar, debilitar y doblar ante el Poder Ejecutivo, el Poder Judicial, perdería su función democrática y de contrapeso, lo cual llevaría al país a una crisis constitucional.