CIUDAD DE MÉXICO.- En un hecho histórico, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló, por cuatro votos a uno, el cultivo, transporte y consumo de mariguana con fines lúdicos o recreativos.
El efecto sólo aplica para Josefina Ricaño, Armando Santacruz, Juan Francisco Torres y José Pablo Girault, quienes en 2013 se ampararon contra los artículos 235, 237, 245, 247 y 248 de la Ley General de Salud, que ayer fueron declarados inconstitucionales.
"Hoy somos cuatro pero mañana podemos ser 120 millones. Es una decisión histórica. Le pusimos el primer clavo al ataúd de la política prohibicionista. Años de sangre y violencia ven hoy la luz al final del camino", dijo Juan Francisco Torres, uno de los cuatro amparados.
La decisión de la Primera Sala de la SCJN se dio tras una discusión de apenas 45 minutos al proyecto del ministro Arturo Zaldívar, quien consideró que la prohibición al consumo de la mariguana va contra el libre desarrollo de la personalidad.
El único ministro que se pronunció en contra fue Mario Pardo, quien justificó que el proyecto no incluyó el tema de la adquisición de las semillas para la siembra, cultivo y cosecha de mariguana.
"¿Cómo podría garantizarse el derecho, si el acto inicial para el ejercicio del mismo aún sigue siendo considerado como un delito?", cuestionó y recordó que la discusión no incluyó el uso medicinal o terapéutico de la hierba.
El ministro presidente de Sala, Alfredo Gutiérrez, y la ministra Olga Sánchez avalaron en sus términos el proyecto de Zaldívar. Ésta última destacó que la prohibición al uso lúdico de la hierba es desproporcionada con relación a los derechos que dice proteger.
Dijo que al igual que en casos como el aborto o los matrimonios gay, la Corte está reconociendo el justo alcance de la libre autodeterminación de la persona a decidir cómo llevar el rumbo de sus vidas.
El ministro José Ramón Cosío fue el más crítico al proyecto, pues aunque se pronunció a favor, no compartió muchos criterios de la ponencia. Incluso, advirtió sobre lo limitado de su alcance y efectos, pues sólo beneficia a cuatro personas.
Criticó que no se haya consultado a expertos, como ha hecho la SCJN en otros temas, lo que habría permitido no sólo resolver el caso, sino constituir al Tribunal Constitucional como "foro nacional para la discusión y futura implementación de una política integral en materia de drogas".
Pidió definir claramente los alcances de la decisión y sugirió que la SCJN haga un exhorto al Ejecutivo y Legislativo para realizar un debate nacional, que permita replantear las políticas públicas y leyes tanto administrativas como penales en materia de drogas.
La posición de Cossío generó un debate con el ministro ponente Zaldívar, quien le respondió que el papel de la SCJN no es hacer exhortos, sino simplemente declarar la constitucionalidad o inconstitucionalidad de las normas.
Zaldívar reconoció que la sentencia es de efectos relativos, pues sólo beneficia a las cuatro personas que se ampararon".