CIUDAD DE MÉXICO. Las comisiones unidas de Energía y Estudios Legislativos Primera del Senado de la República anunciaron el primer paquete de proyectos de dictamen a las leyes secundarias en materia energética, el cual contempla cuatro iniciativas.
Las instancias senatoriales presentaron vía Internet un documento de 212 cuartillas con alrededor de 90 modificaciones a las iniciativas presentadas el 30 de abril por el Ejecutivo federal a la Ley de Hidrocarburos, a la Ley de Inversión Extranjera, a la Ley Minera y a la Ley de Asociaciones Público Privadas.
Según el nuevo cronograma aprobado en las comisiones que presiden el priista David Penchyna y el panista Raúl Gracia, estos ordenamientos serán discutidos y analizados mañana martes, a fin de que sean votados en bloque hasta que se termine el proceso de análisis de los cinco paquetes restantes; es decir, después del 23 de junio.
En el proyecto de dictamen de la Ley de Hidrocarburos, se establece que el conjunto de actividades de exploración y extracción de hidrocarburos que se realice en territorio nacional, a través de asignaciones y contratos deberá alcanzar, en promedio, al menos el 35 por ciento de contenido nacional, y no el 25 por ciento que propuso el Ejecutivo federal.
Sin embargo, se puntualiza que dicha meta deberá excluir la exploración y extracción de hidrocarburos en aguas profundas, y destaca que será la Secretaría de Economía la encargada de establecer una meta de contenido nacional acorde con las características de dichas actividades en aguas profundas.
Dientes a la CNH
El documento también establece que la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH), como administrador de asignaciones, es el organismo que debe aprobar los planes de exploración y de desarrollo para la extracción, y no la Secretaría de Energía (Sener), como estaba planteado en la iniciativa presidencial.
Respecto a la revocación de asignaciones, el anteproyecto señala que ésta se dará, entre otras causas, por incumplimiento de compromiso mínimo de trabajo o en caso de que se presente algún accidente grave causado por dolo o culpa del asignatario.
Además, en caso de que el asignatario remita, de forma injustificada y por más de una ocasión, información o reportes falsos.
En cuanto a los contratos para la exploración y extracción de hidrocarburos, el texto faculta a la CNH a autorizar la modificación de los participantes en alianzas o asociaciones que cuenten con un contrato.
Pero se establece que la Sener contará con la posibilidad de manifestar su inconformidad en caso de considerar que la modificación referida contraviene la política energética o los intereses nacionales.
Subastas
Las modificaciones también contemplan, en cuanto al proceso de licitación que se debe seguir para adjudicar los contratos, la aclaración de los criterios de preclasificación, las cuales establecen las condiciones mínimas que los interesados deberán cumplir respecto de los elementos técnicos, financieros, de ejecución y de experiencia.
Entre algunos mecanismos de adjudicación de contratos se incluyen las subastas ascendentes, las subastas descendentes y las subastas de primer precio en sobre cerrado, entre otras, pero además se puntualiza que las propuestas sean presentadas y analizadas a través de medios electrónicos.
También se consideró en el documento la eliminación del requisito legal que facultaba a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) a emitir su opinión a la Secretaría de Energía respecto a los criterios de preclasificación de las personas morales participantes en una licitación.
Además, se establece que la Sener no emita opinión respecto de las condiciones económicas relativas a los términos fiscales de las licitaciones y los contratos.
El proyecto establece que a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) corresponderá otorgar los permisos para el transporte, almacenamiento, distribución, compresión, licuefacción, descompresión, regasificación, comercialización y expendio al público de hidrocarburos, gas licuado de petróleo, petrolífero o petroquímico, según corresponda.