El gobierno de la Ciudad de México informó que habrán modificaciones en el reglamento de tránsito con la finalidad de reducir accidentes en motocicleta, por lo que los vehículos motorizados de dos ruedas tendrán algunas nuevas reglas que cumplir, incluyendo la prohibición de circular por vías rápidas dependiendo del modelo.
En conferencia de prensa, el titular de la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México, Andrés Lajous, dijo que una de las reformas que aplicarán en el reglamento de tránsito indica que las motos con un cilindraje menor a los 600 centímetros cúbicos no podrán circular en los carriles centrales de las vías de acceso controlado.
¿Qué significa lo anterior? De acuerdo con el reglamento, ciertas motos no podrán andar por las denominadas vías rápidas en la capital del país, y estarán obligadas a circular por los carriles laterales en las grandes avenidas.
¿Qué es una vía rápida?
De acuerdo con el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, una vía rápida, conocida como vía de acceso controlado, es aquella vialidad principal en la que:
- Sus intersecciones generalmente son a desnivel.
- Cuentan con carriles centrales y laterales separados por camellones.
- La incorporación y desincorporación al cuerpo de flujo continuo deberá realizarse a través de carriles de aceleración y desaceleración en puntos específicos.
- Que por sus características físicas y operacionales así lo determine la Secretaría y la Comisión de Clasificación de Vialidades.
De acuerdo con la empresa de motocicletas Italika, las vías de acceso controlado son las más grandes que hay, no tienen semáforos ni topes y se puede circular hasta en 80 kilómetros por hora. Algunos ejemplos de vías rápidas son los carriles centrales de:
- Periférico.
- Circuito Bicentenario.
- Viaducto.
¿Qué tipos de motos no podrán circular en las vías rápidas de CDMX?
Tal como lo mencionó la Secretaría de Movilidad, las motocicletas de cilindraje menor a 600 centímetros cúbicos no podrán meterse a los carriles centrales de las vías de acceso controlado, de lo contrario habrán multas.
Algunos de los vehículos que no cumplen con los 600 centímetros cúbicos (con algunas excepciones) son:
- Scooters.
- Ciclomotores.
- Maxiscooters o motonetas.
- Naked motos.
- Trial motos.
- Motocross.
- Enduro.
- Super Motard.
- Algunos modelos de Gran Turismo que con cilindraje menor a los 600 centímetros cúbicos.
Consulta las características de tu moto para comprobar si puedes integrarte a los carriles centrales de las vías rápidas.