CDMX

Guardia Nacional en el Metro: ¿Qué tienen permitido hacer los agentes en el transporte público?

Los elementos de la Guardia Nacional reforzarán a la Policía Bancaria e Industrial y a la Secretaría de Seguridad Ciudadna en el Metro.

Los elementos de la Guardia Nacional reforzarán labores de seguridad en el Metro. (Cuartoscuro)

6 mil 60 elementos de la Guardia Nacional llegaron a las instalaciones del Metro de la Ciudad de México este jueves 12 de enero como una medida ante los episodios “fuera de lo normal”, según el gobierno capitalino, ocurridos en días recientes, como el choque de trenes entre las estaciones La Raza y Potrero de la Línea 3.

La jefa de gobierno, Claudia Sheinbaum, así como el presidente Andrés Manuel López Obrador y el titular del Metro, Guillemo Calderón, hicieron hincapié en que los elementos de seguridad no están armados y que servirán para reforzar la vigilancia y las labores de seguridad del sistema de transporte.

Se desconoce cuánto tiempo estarán los elementos de la Guardia Nacional en el Metro capitalino; sin embargo, Sheinbaum dijo que su función será la seguridad.

¿Qué no puede hacer la Guardia Nacional en el Metro?

Además de no poder usar armas, la Guardia Nacional no está facultada para revisar pertenencias de usuarios, ya que el Artículo 16 de la Constitución así lo prohíbe.

Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento”, señala el artículo de la Carta Magna.

La Guardia Nacional reforzará los trabajos de la Policía Bancaria e Industrial, así como la Policía Auxiliar de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC), quienes solo pueden realizar revisiones en caso de que exista la flagrancia de un delito, es decir, que las autoridades sorprendan a un presunto delincuente cometer un acto ilegal.

¿Qué sí puede hacer la Guardia Nacional en el Metro?

Si bien aún no se especifican las labores de la Guardia Nacional en el Metro, el artículo 9 de su ley les da las siguientes autorizaciones:

  • Prevenir la realización de delitos.
  • Mantener y reestablecer el órden.
  • Recabar información en lugares públicos para evitar el fenómeno delictivo.
  • Llevar a cabo operaciones encubiertas y de usuarios simulados, en la investigación para la prevención de delitos.
  • Recibir denuncias de delitos.
  • Detener personas y asegurar bienes relacionados con delitos.
  • Preservar el lugar de los hechos o del hallazgo, la integridad de los indicios, huellas o vestigios, así como los instrumentos, objetos o productos del delito.

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