En un abrir y cerrar de ojos se fue la primera mitad del año y con ello, la segunda vuelta para realizar la verificación vehicular en la Ciudad de México.
La Secretaría del Medio Ambiente de la CDMX establece que el proceso es obligatorio para los vehículos automotores de combustión interna matriculados en la entidad.
Los vehículos deberán realizar y aprobar la verificación de emisiones vehiculares y revisión de componentes de control ambiental cada semestre, salvo el caso de los que obtengan un holograma doble cero “00″, en cuyo caso la unidad estará exenta de la obligación de verificar sus emisiones hasta por tres semestres de verificación vehicular posteriores al semestre en que se obtuvo.
En CDMX, la verificación vehicular tendrá un costo desde este febrero de 677 pesos; el precio aumentó en 49 pesos en relación con 2022.
¿Cuándo comienza la verificación del engomado amarillo?
Según el calendario de verificación vehicular de la CDMX, el engomado amarillo, cuyo último digito numérico de la placa es 5 o 6, comenzará el proceso en julio, para concluir el 31 de agosto.
Se debe tomar en cuenta que los vehículos de uso particular que se registren por primera vez, o que, encontrándose matriculados en la CDMX deciden cambiar de placa, deberán ser verificados dentro de los 180 días naturales contados a partir de la fecha de expedición de la tarjeta de circulación.
También toma nota que los vehículos que porten matrícula, que esté conformada por dos o más series de números o que contengan series numéricas y letras, símbolos, guiones o emblemas, deberán realizar la verificación vehicular de conformidad con el último dígito numérico de la placa.
Y finalmente, los vehículos que carezcan de dígito numérico en su terminación de la matrícula, deberán realizar la verificación vehicular conforme el período de la terminación 9 o 0.
¿Qué sucede si mi auto no pasa la verificación vehicular?
La Sedema de la CDMX establece que se podrá ampliar el periodo de verificación por hasta 15 días hábiles luego de ser rechazado, siempre y cuando existan estas condiciones:
- Haber obtenido un rechazo en los últimos siete días naturales de su periodo en el mismo Centro de Verificación; este deberá anexar a su expediente, copia simple del resultado obtenido, entregando el original al legal poseedor del vehículo para que realice los intentos necesarios que le permitan acreditar la verificación durante el tiempo restante. Si transcurridos los 15 días de ampliación, no se acreditó la verificación, se deberá pagar la multa por verificación extemporánea.
- Que el vehículo no cuente con verificación vigente debido a que el portal de consulta de adeudos (SAF o ADIP) no refleja el pago realizado durante los últimos siete días naturales del periodo por concepto de infracciones al Reglamento de Tránsito con sanción económica.
- Que el vehículo no cuente con verificación vigente debido a que el portal de consulta de adeudos (SAF o ADIP) refleja sanciones cívicas de cualquier tipo, durante la última semana del periodo.