CDMX

¡Olvídate de hacerte el dormido! Esta es la multa por usar asientos reservados en el Metro CDMX

La Ley de Cultura Cívica tine un apartado en el que determina la falta que implica ocupar los espacios reservados en el Metro de la Ciudad de México.

Los asientos reservados en el Metro se encuentran al costado de las puertas, a fin de que quienes los necesiten puedan entrar y salir rápido. (Cuartoscuro)

El Metro de la Ciudad de México tiene diferentes señalizaciones que los millones de usuarios que lo usan día a día deben respetar, de lo contrario serán acreedores a sanciones conforme marca la Ley de Cultura Civica.

Basta con entrar a una estación del servicio de transporte para que veas en letras grandes instrucciones para reconocer por donde puedes entrar y qué accesos están restringidos.

Ocurre algo similar con los andenes y los trenes, donde puedes observar la zona de vagones exclusivos para mujeres, así como los asientos para adultos mayores, personas con discapacidad, mujeres o personas gestantes embarazadas o que carguen con bebés.

Partícularmente en el caso de los asientos, el Metro considera como reservados a aquellos que están cerca de las puertas. Estos cuentan con respaldos de metal a los costados a fin de que las personas vulnerables puedan recargarse, además de que en ciertos casos tienen más espacio a fin de que quienes los necesitan se sientan cómodos.


¿De cuánto es la multa si ocupas los asientos reservados del Metro?

Si no eres una persona que pertenezca al grupo de quienes necesitan los asientos reservados del Metro y te sientas en ellos, la multa puede ser de:

  • 25 a 36 horas de arresto.
  • 12 a 18 horas de trabajo comunitario.
  • 21 a 30 Unidades de Medida y Actualización (UMAs), es decir, de 2 mil 178 a 3 mil 112 pesos.

La multa dependerá de la gravedad en la que cometiste la falta.

El Metro sustenta la sanción por la violación en el artículo 29 de la Ley de Cultura Civica de la capital del país, misma que en su apartado XI señala que es una infracción contra el entorno urbano de la ciudad el “ingresar a zonas señaladas como de acceso restringido en los lugares o inmuebles destinados a servicios públicos, sin la autorización correspondiente o fuera de los horarios establecidos”.

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