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CDMX ‘avanza’ contra la gentrificación: Suprema Corte avala tope de rentas de vivienda

Tras un amparo a la reforma contra gentrificación en CDMX, la Suprema Corte avaló el tope a las rentas.

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La Ciudad de México tendrá topes de rentas que no podrán superar la gentrificación anual. (Cuartoscuro)

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló ayer, por unanimidad, el tope que el Congreso de la Ciudad de México impuso al incremento en la renta de vivienda para uso habitacional, que no puede ser mayor a la inflación del año anterior.

Ministras y ministros dijeron que con esta decisión no se deja de reconocer el derecho al lucro en la renta de vivienda, pero advirtieron que ésta debe ser “razonable y compatible” con el derecho a la vivienda de personas que no tienen acceso a una propia en un contexto de gentrificación en la Ciudad de México.

La decisión se tomó al analizar el amparo en revisión 546/2025, cuya ponencia estuvo a cargo del ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz, derivado del amparo promovido por Urbanhub México SPV5.

La empresa impugnó la reforma de agosto de 2024 al segundo párrafo del artículo 2448 D1 y adición de un tercer y cuarto párrafos al artículo 2448 F2 del Código Civil para el Distrito Federal, aplicable en la Ciudad de México.

Impugnó también la reforma a la Ley de Vivienda para la Ciudad de México, en materia de rentas que estableció el límite al alza anual de la renta y la obligación de los arrendadores de incluir los contratos en un registro digital a cargo del gobierno de la ciudad.

Sobre ésto último, ministras y ministros tuvieron posiciones encontradas. Un bloque (Arístides Guerrero, Irving Espinosa, Loretta Ortiz, Yasmín Esquivel y Estela Ríos) pidió invalidar esa obligación, prevista en el artículo 2448 F2 y Ley de Vivienda, por pedir datos detallados de personas e inmuebles.

Acusaron que el registro vulnera la seguridad de los datos personales y pidieron hacer uso de la “privacidad desde el diseño” que limita la entrega de información a la estrictamente necesaria para los fines estadísticos que persigue la ley.

Hablaron de hackeos y el ministro Irving Espinosa fue más allá al advertir que “desafortunadamente” hay un tráfico ilegal de bases de datos personales, sobre todo en poder de instituciones públicas, lo que deja a arrendatarios y arrendadores vulnerables ante el crimen.

Otro bloque (encabezado por el ministro presidente, Aguilar Ortiz, Lenia Batres y Sara Irene Herreías) dijo que los datos personales estaban protegidos y salvaguardados, además de que el registro era un requisito “impresionantemente tenue”, pues no busca estar “encima de los propietarios” con sanciones, sino obtener datos estadísticos para la elaboración de políticas públicas.

Planteó que no era viable invalidar todo el artículo 2448 F2, pues se desnaturalizaría la reforma.

Al final se pospuso este último tema para ser votado en otra sesión, que se realizará en breve, dijo el ponente. Sólo se votó el tope al incremento en el alquiler de vivienda.

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