La retroactividad que el gobierno pretende aplicar con la reforma a la Ley de Hidrocarburos afectaría a las empresas que ya operan en el sector y que no cumplen con la infraestructura mínima de almacenamiento que también se establecerá de aprobarse el proyecto, advirtieron analistas del sector.
El pasado 26 de marzo, el presidente Andrés Manuel López Obrador presentó a la Cámara de Diputados la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la ley de hidrocarburos, donde se establece que las empresas que cuenten con permisos para operar los energéticos deben demostrar que cuentan con una infraestructura para cumplir con niveles mínimos de almacenamiento que definirán las autoridades.
“Elevar al rango de ley la política de almacenamiento mínimo es bueno, lo que no creo que sea correcto es darle efecto retroactivo a la ley con los permisionarios que estaban hasta antes de la reforma. Es incorrecto jurídicamente”, mencionó Sergio Estrada, director general de Energéticos Nieto.
En el panel “Reforma a la Ley de Hidrocarburos, golpe al huachicol o a la competencia”, organizada por Oil&Gas Magazine, Estrada señaló que la iniciativa que se analiza en comisiones de la Cámara de Diputados, desincentiva la inversión.
“Y ahí esté el meollo de todo. El no crear un ambiente de seguridad jurídica para las inversiones, es el tema central de esta iniciativa”, agregó.
Señaló que desde que inició la administración de López Obrador, no se han otorgado permisos de almacenamiento.
“Tenemos autoridades que no se mueven, que no otorgan permiso de almacenamiento, que tienen más de 2 años con permisos detenidos”, recordó.
A su vez, destacó que la iniciativa busca combatir el comercio ilegal de combustible (huachicoleo) cuando la ley federal para prevenir y sancionar los delitos cometidos en materia de hidrocarburos y la ley de extinción de dominio, ya permiten hacerlo.
Julia González, asociada senior de González Calvillo, coincidió en la afectación al atar los permisos a los niveles de almacenamiento.
“Me preocupa el tema del almacenamiento porque en el artículo 51 se establece que debe haber una política de mínimos de almacenamiento, y es que el cuarto transitorio dice que todos los que tengan permiso tendrán que cumplir con esos mínimos. Se pone en riesgo a los que ya tenían permisos y que no cumplen con este mínimo porque no existía”, recalcó.
Detalló que las empresas se pueden amparar 30 días después de que entre en vigor la ley o 15 días a partir del primer acto aplicado.
Por su parte, Carlos Vallejo, director jurídico de la Asociación de Regulados del Sector Energético (ARSE), admitió que hace falta capacidad de almacenamiento en el país.