Economía

Reforma de outsourcing, con ambigüedades e imprecisiones, acusan contadores

El Instituto Mexicano de Contadores Públicos aseguró que de lograrse una mejor precisión en los términos, será un aliciente para el desarrollo de los negocios y la recuperación de la economía mexicana.

El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) pidió atender ambigüedades en la reforma de outsourcing. (Cuartoscuro)

El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) pidió a las autoridades de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y del Servicio de Administración Tributaria (SAT) atender las “ambigüedades e imprecisiones” de la reforma de outsourcing, a fin de poder cumplir cabalmente con las nuevas disposiciones.

“Respetuosamente solicitamos que todas las ambigüedades e imprecisiones en las disposiciones sean atendidas, ya sea a través de reglamentos y en el caso de la legislación fiscal a través de reglas en la miscelánea, siempre cuidando que no vayan más allá de lo establecido por la ley”, demandó en conferencia de prensa virtual Diamantina Perales, presidenta del IMCP.

Señaló que de lograrse una mejor precisión en los términos, será un aliciente para el mejor desarrollo de los negocios y con ello contribuir a la recuperación de la economía mexicana y cumplir con la nueva regulación de la subcontratación laboral.

Entre las precisiones que tanto la STPS como el SAT deberían realizar en los próximos días para despejar dudas de las empresas y trabajadores, se encuentra el plazo de 90 días para que las empresas se regularicen.

Indicó que al entrar en vigor los cambios a la Ley Federal del Trabajo (LFT), la subcontratación queda prohibida, pero el periodo de 90 días pareciera ser que “no abarca o no es suficiente” para todas las actividades que se requieren realizar para la reestructuración y con ello cumplir con las obligaciones. Lo mismo sucede con la Ley del IMSS y la Ley del INFONAVIT.

Otro punto que inquieta al IMCP es el hecho de que hay definición de subcontratación para efectos de la LFT y otra para la legislación fiscal, ya que el artículo 15-D del Código Fiscal de la Federación señala como uno de los supuestos de subcontratación prohibida cuando se haya contratado a personal relacionado social o actividad preponderante.

“Este término es amplísimo en su alcance y ello genera preocupación”, dijo Perales.

Por otro lado, tanto la legislación laboral como la fiscal recogen el término “poner personal a disposición del contratante”, lo que también genera preocupación en su interpretación.

Señalan que, no obstante de cumplir con los requisitos establecidos para la deducción de ISR y acreditamiento de IVA, y sobre todo para evitar el hecho de que se cometa un ilícito (delito fiscal), el simple hecho de que haya personal a disposición del contratante de los servicios pone a los particulares en riesgo de falta.

Para efectos fiscales, añadió, se regresa a establecer como requisito para la deducción y el acreditamiento, el recabar diversa información y documentación “que en el pasado se llegó a la conclusión de que esto era complejo para las partes involucradas”, pues salvo los CFDI’s de nómina, en los demás casos la documentación no se identifica con el personal asignado.

Además, apuntaron que, en el tema de los servicios u obras especializadas, “la variedad de supuestos es infinita”, por ejemplo, lo que para una industria puede ser especializado para otra no, “entonces existe una inquietud fundada en cuanto a quiénes deberán de tener registro y quiénes no”.

Por último, Perales mencionó que “los castigos son severos como deben de ser ante el problema, pero el hecho de que haya incertidumbre en la terminología y alcance de las normas generan una gran preocupación que no abona para el sano crecimiento de los negocios”.

También lee: