La Comisión Reguladora de Energía (CRE) declaró la caducidad de 125 permisos de comercialización de petrolíferos, debido a que no existe constancia o registro alguno de que del 1 de enero del 2020 al 31 de marzo del 2021, hayan realizados las operaciones que les concede el título, según la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF)
Mediante el ‘Acuerdo de la Comisión Reguladora de Energía por el que se declara la caducidad de 125 permisos de comercialización de petrolíferos de conformidad con el artículo 55, fracción I, inciso b) de la Ley de Hidrocarburos (LH)’, publicado este lunes en el DOF, la CRE explicó que lo procedente es declarar la caducidad de los permisos respectivos.
“Lo anterior sin perjuicio del artículo 54, penúltimo párrafo de la LH, que establece que la terminación del permiso no extingue las obligaciones contraídas por los permisionarios durante su vigencia, por ende, se dejan a salvo los derechos de cualquier sujeto, incluyendo a la Comisión para exigir el cumplimiento de las obligaciones nacidas durante la vigencia de los permisos referidos”, aclaró el órgano regulador.
Asimismo, el artículo quinto transitorio del decreto establece que este acuerdo únicamente es impugnable mediante juicio de amparo indirecto en términos de lo previsto en el artículo 27 de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética.
La CRE expuso que su Unidad de Hidrocarburos realizó la revisión en los expedientes electrónicos asociados a cada uno de los permisos identificados en el considerando cuarto del documento, relativo al cumplimiento de las obligaciones a las que se encuentran sujetos los permisionarios de conformidad con la LH, su reglamento y el propio título de permiso y observó la ausencia de información y/o documentación en los mismos.
“En ese sentido, mediante oficio número UH-250/16074/2021 de 21 de abril de 2021, la UH remitió a la Unidad de Asuntos Jurídicos el listado de 125 permisionarios en los que constató que no obra constancia o registro alguno que acredite el haber realizado la actividad conferida en los títulos de permiso por un periodo consecutivo de al menos 365 días naturales, con fecha de revisión del 1 de enero de 2020 al 31 de marzo de 2021”, indica el acuerdo.
A su vez, menciona que la caducidad es una forma de extinción jurídica de los derechos que desencadena sus efectos por la mera conclusión del tiempo o de un plazo previamente determinado en la Ley o en el permiso respectivo.
El jueves, Rocío Nahle, secretaria de Energía, dijo en el foro Energy Innovation Days, que al inicio de la administración había mil 53 permisos de importación, de los cuales más de 600 no se habían utilizado.
“Sin embargo, eran papeles que estaban circulando y que no tenían reporte ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), ni en la Secretaría de Energía, ni en la CRE de que había entrado un solo litro del producto a los cuales ellos habían pedido”, comentó.
Dijo que la propia norma indica que si los permisos no son utilizados, deben darse de baja.
“Empezamos a revisar, la mala utilización de algunos de los permisos de importación, donde reportaban que habían importado un volumen y en realidad era otro, o utilizaron los permisos fuera de tiempo y habían vencido, que entraban incluso en prácticas de corrupción o en la fronteras, todo esto fuimos eliminando. Hoy tenemos 68 permisos nada más vigentes. Por eso hicimos esta modificación de la ley“, detalló.
Entre los permisos caducos se encuentran los de las empresas Comercializadora de Energéticos Alianza, Oleum Chemicarum, Operación Integral de Estaciones de Servicio y SWC Transportes de México.