Las personas físicas que trabajan por honorarios, también conocidas como freelancer, no escapan de las “garras” del Servicio de Administración Tributaria (SAT), ya que están obligadas a presentar la Declaración Anual para el ejercicio fiscal 2020 antes del 31 de mayo, fecha en que vence el plazo para realizar la declaración y cumplir con sus obligaciones fiscales.
Si eres freelancer te corresponde tributar en el régimen fiscal Servicios Profesionales, un esquema que aplica a las personas físicas que prestan sus servicios de manera independiente y que obtienen ingresos por su cuenta y emiten comprobantes de honorarios.
Usualmente, las personas que obtienen sus ingresos por honorarios, es decir, no como asalariados, prestan sus servicios a empresas, dependencias de gobierno o a personas físicas en general, por ejemplo: abogados, contadores, arquitectos, médicos, dentistas y ingenieros, entre otros.
Es decir, una persona freelancer puede tener varias “relaciones de trabajo” o “varios patrones”, lo que es una de las razones principales que hacen obligatoria la declaración anual.
Para presentar tu declaración debes tener tu contraseña y e.firma y, muy importante, para que compruebes tus ingresos, debes tener visualizadas tus facturas electrónicas por la prestación de tus servicios.
Recuerda solicitar factura por las compras que realices y para que puedas incluirlas como gastos en tus declaraciones mensuales.
Además de la declaración anual, es igualmente importante que tengas en cuenta otras obligaciones: facturar electrónicamente; llevar contabilidad; presentar declaraciones informativas; retener el impuesto si cuentas con trabajadores; expedir Comprobante de Nómina (CFDI de Nómina) y presentar declaraciones mensuales.
Mejoras 2021
Para la Declaración Anual 2020, el SAT hizo mejoras al aplicativo para la presentación de la declaración para personas físicas.
El régimen fiscal de Servicios Profesionales se fusionó con los formularios de Actividad Empresarial y Servicios Profesionales.
Cuando el contribuyente ingrese al aplicativo para presentar su Declaración Anual 2020, en el perfil del contribuyente aparecerá preseleccionado si tiene la obligación para Actividad Profesional y Servicios Profesionales (honorarios).
Se incorporaron conceptos como en el total de ingresos, se agregó el concepto de Servicios Profesionales (honorarios), y en ingresos exentos también se contemplaron el importe exento para Servicios Profesionales y Actividad Empresarial.
Para el ISR retenido se agregó el campo para las retenciones de honorarios, también viene prellenada información de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades con datos de nómina y un control de saldos de pérdidas pendientes de acreditar.
¿Qué deducciones pueden aplicar las personas físicas por honorarios?
Un doctor, un abogado o un contador son ejemplos de personas físicas a quienes les corresponde dicho régimen.
Los gastos que pueden deducir son: los necesarios para la actividad, inversiones que sean estrictamente necesarias para la actividad, intereses pagados, cuotas al IMSS, impuesto local a la actividad profesional o empresarial, pago de arrendamiento de local u oficinas, luz y teléfono.
El SAT recuerda que los freelancer como los médicos no pueden cobrar en efectivo a sus pacientes, por lo que debe realizarse a través de medios electrónicos como tarjetas de crédito o débito, transferencia electrónica de fondos o cheques.