Economía

Ley de Hidrocraburos: Corte desecha acción de inconstitucionalidad por reformas

El ministro indicó que los senadores de oposición tuvieron la oportunidad de exhibir el documento que contuviera las firmas autógrafas necesarias.

El ministro desechó este mecanismo de defensa “por notoria y manifiesta improcedencia”. (Shutterstock)

La Suprema Corte de Justicia de la Nación rechazó la acción de inconstitucionalidad en contra de la reforma a la Ley de Hidrocarburos debido a la ausencia de firmas autógrafas en los documentos entregados, según el acuerdo del ministro Alberto Pérez Payán.

En el acuerdo de la acción de inconstitucionalidad 91/2021, el ministro desechó este mecanismo de defensa “por notoria y manifiesta improcedencia”, de quienes se ostentan como senadores integrantes de la 64 legislatura del Congreso de La Unión.

Y es que el pasado 3 de junio, senadores de oposición presentaron una acción de inconstitucionalidad en contra de la reforma a la Ley de Hidrocarburos, presentada por el presidente Andrés Manuel López Obrador y aprobada en su mayoría por legisladores de la bancada de Morena.

Sin embargo, el ministro rechazó ayer la acción de inconstitucionalidad.

“Las consideraciones anotadas en este proveído evidencia en que se llevó a cabo una revisión exhaustiva de los documentos exhibidos, de los cuales se ha subrayado su identidad en cuanto a contenido, principalmente por lo que hace a la falta de firma autógrafa de los promoventes, lo que quedó anotado desde la certificación asentada por la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia”, se menciona en el acuerdo.

El ministro indicó que los promoventes tuvieron la oportunidad de exhibir el documento que contuviera las firmas autógrafas necesarias para la promoción de la acción de inconstitucionalidad.


“La ratificación operaría ante la duda de la autenticidad de las firmas anotadas, pero siempre que éstas fueran autógrafas lo que en el caso no sucede”, mencionó.

Asimismo, el acuerdo recuerda a los legisladores que promovieron el amparo que queda a su disposición el medio de impugnación procedente.

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