Una pensión es una prestación económica destinada a proteger a las y los trabajadores. Pero, ¿sabes cuál es la edad mínima para pensionarte?
La pensión por vejez se otorga una vez que la o el asegurado haya cumplido 65 años de edad y se encuentre en baja del Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social, de acuerdo con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Actualmente, las y los mexicanos pueden pensionarse bajo dos leyes: la de 1973, para personas que comenzaron a cotizar antes del primero de julio de 1997; y la de 1997, para quienes obtuvieron su registro salarial después de dicha fecha.
Los requisitos para pensionarte con el esquema 1973 son:
- Debe tener 65 años de edad al momento de presentar tu solicitud de pensión.
- Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
- Tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 500 semanas de cotización.
- Haber cotizado antes del 1 de julio de 1997.
- Encontrarse dentro del período de conservación de derechos, que será igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contando a partir de la fecha de su baja.
Al amparo del régimen 1997 los requisitos son:
- Si comenzaste a cotizar a partir del 1 de julio de 1997.
- Debe tener 65 años al momento de presentar tu solicitud de pensión.
- Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
- Tener registradas ante el IMSS, como mínimo, mil 250 semanas de cotización.
En tanto, también existe la pensión de cesantía, la diferencia principal se relaciona con la edad, de acuerdo con la Ley del Seguro Social.
Además, para poder tramitarla debes contar con el periodo mínimo de cotización que establece la Ley de Seguro Social.
Proponen revisar la edad de retiro en México
Para evitar la pobreza en la vejez se deben ajustar parámetros claves como la edad de retiro, y reducir las oportunidades para sacar fondos ahorrados en las Afores antes de la jubilación, recomienda el Grupo de Trabajo para la Transición Hacendaria.
También sugiere aglutinar todos los sistemas públicos de ahorro para el retiro que existen en un solo sistema público integral, que a su vez se integre a un Sistema de Seguridad Social a construir gradualmente.