Economía

SAT se lleva el ‘premio mayor’: recauda 248 mil mdp por fiscalización

El Servicio de Administración Tributaria obtuvo esos recursos adicionales de ‘recaudación secundaria’ durante el primer semestre del año.

La recaudación secundaria se obtiene por medio de acciones para aumentar la eficiencia recaudatoria. (Bloomberg)

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) obtuvo 247.7 mil millones de pesos adicionales de ‘recaudación secundaria’ durante el primer semestre del año. De este monto, 188.3 mil millones de pesos fueron por actos de fiscalización y 59.4 mil millones se lograron por eficiencia y cobranza.

En su Informe Tributario y de Gestión correspondiente al primer semestre, precisó que la recaudación secundaria, denominada así porque para su cobro debe intervenir la autoridad, representó el 13.3 por ciento del total de captación de impuestos, que sumaron un billón 856 mil millones de pesos.

La recaudación secundaria se obtiene por medio de acciones para aumentar la eficiencia recaudatoria, como los programas que promueven la regularización de los contribuyentes que no cumplieron con sus obligaciones fiscales de manera oportuna y la cobranza coactiva, como los actos de fiscalización.

Destacó que de cada peso invertido en fiscalización se recuperaron 131.8 pesos, que si bien fue ligeramente menor a los 144 pesos reportados en la primera mitad de 2020, la cifra fue significativamente mayor a los 73.1 pesos del mismo lapso de 2019 y de los 53.6 pesos de 2018.

“En el SAT se ha trabajado con eficacia para que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones fiscales en la forma en que mandatan las leyes tributarias del Estado mexicano y para abatir las prácticas ilegales, con el objetivo de combatir la evasión y elusión fiscal”, apuntó la autoridad fiscal en su reporte.

El 86.7 por ciento de los ingresos tributarios restantes, un billón 608.6 mil millones de pesos, provino del cumplimiento voluntario y puntual de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, lo que se le conoce como recaudación primaria.

Invitaciones a regularización

Pablo Mendoza, presidente de la Comisión Fiscal del Consejo Coordinador Empresarial, expresó que la recaudación adicional por actos coactivos y de fiscalización “seguramente obedece a las diversas acciones que han implementado las autoridades del SAT, particularmente mediante cartas invitación, solicitando respuestas a diversos comportamientos fiscales de los contribuyentes”.

Miguel Ángel Tavares, vicepresidente de la Comisión Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México, precisó en entrevista que la mayor recaudación del SAT por medios coactivos forman parte de la evolución del sistema tributario, en donde ‘se incentiva de manera obligatoria al contribuyente a cumplir con sus obligaciones fiscales’.

“Los abundantes datos de que puede disponer actualmente el SAT, por ejemplo, de los CFDI, le permiten empatar información del nivel de ingresos del contribuyente, de sus retenciones y de deducciones, y con esos tres elementos de comparación el SAT tiene todas las herramientas para fiscalizar en gran medida el cumplimiento de las obligaciones fiscales”, detalló.

“Dicha información combinada con sus programas, algoritmos y modelos de riesgo automatizados, que analizan los datos y disparan de manera masiva una serie de invitaciones que el contribuyente debe atender, pues de no hacerlo tiene la presión de recibir un requerimiento o una auditoría formal, lo que implicaría la imposición de multas en caso de algún incumplimiento fiscal”, advirtió.

Los especialistas de EY, Paola Salvador y Jorge Libreros, indicaron que la autoridad tributaria ha estado enviando diversos comunicados a los contribuyentes, a través de los cuales los invita a revisar su información y regularizar su situación fiscal, bajo el razonamiento de que se han detectado diferencias particulares entre lo declarado como deducciones autorizadas y la información de sus gastos facturados.

Advirtieron que las disposiciones fiscales vigentes en 2021 establecen que, cuando las personas físicas o morales reciban una carta invitación, podrán realizar la aclaración dentro del plazo de 15 días posteriores a su recepción.

“Consideramos relevante analizar esta clase de invitaciones, en la medida en que la legislación fiscal contempla diversas deducciones que no necesariamente tienen una correspondencia con un CFDI, tales como la deducción de inversiones, ajuste anual por inflación, pérdidas cambiarias”, recomendaron.

Tavares reconoció que los correos que envía la autoridad, cartas e invitaciones y sus programas de vigilancia profunda crean la percepción de riesgo entre los contribuyentes para que paguen sus impuestos.

“En los últimos seis años el SAT creó herramientas contundentes para combatir la evasión y elusión fiscal, por ejemplo, al tipificar como delito de defraudación fiscal la simulación para deducir impuestos o solicitar devoluciones”, subrayó.

También lee: