Economía

En pausa: Juez suspende (provisionalmente) tope a comisiones de las Afores

La decisión se dio al aceptar a trámite un amparo promovido por Afore Azteca, el cual quedó radicado en el expediente 4448/2021.

Será el 15 de diciembre cuando De la Peza determine si concede o no la suspensión definitiva. (Cuartoscuro)

Rodrigo de la Peza, Juez Primero de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, ordenó la suspensión “con efectos generales” de la aplicación de la reforma que topa las comisiones que cobran las Afores a los trabajadores.

La decisión del juez, con residencia en la Ciudad de México y Jurisdicción en toda la República, se dio al aceptar a trámite un amparo promovido por Afore Azteca, de Banco Azteca, el cual quedó radicado en el expediente 4448/2021.

“Concede la suspensión provisional solicitada, con efectos generales”, dijo el juez en una notificación publicada el miércoles. Será el 15 de diciembre cuando De la Peza determine si concede o no la suspensión definitiva.

En el acuerdo publicado, el juez De la Peza precisa que el efecto de la suspensión concedida es que se paralice la implementación de la adición del párrafo octavo al artículo 37 de la Ley de Sistemas de Ahorro para el Retiro.

Lo anterior con relación con los párrafos sexto, séptimo, noveno y décimo, conforme al Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 16 de diciembre de 2021.

Asimismo, suspende la aplicación del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), por el que dicta políticas y criterios en materia de comisiones, publicado en el DOF de 21 de mayo de 2021.

Igualmente, suspende la aplicación de las modificaciones al Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Consar por el que dicta políticas y criterios en materia de comisiones, publicado en el DOF el 26 de octubre pasado.

Y detiene el Acuerdo por el que se determina el máximo al que estarán sujetas las comisiones que cobran las Afores para el año 2022, el cual se estableció en 0.57 por ciento sobre el saldo de los activos administrados, dado a conocer mediante el 26 de octubre pasado.

Amparo promovido por Afore Azteca

Cabe destacar que el amparo que dio pie a esta determinación fue promovido por Cynthia Hernández Arellano, apoderada legal de Afore Azteca SA de CV.

El Juez pidió, con base en Ley de Amparo, que las autoridades responsables rindan sus informes previos en un plazo que no puede ser mayor a 48 horas a partir de la notificación ocurrida el miércoles pasado.

“Para tal efecto se les acompañará, en la notificación correspondiente, copia de la demanda, escrito aclaratorio, escrito de solicitud de apertura del incidente y escrito de ampliación de demanda”, dijo el juez.

Asimismo, citó a una audiencia a celebrarse a las 12:40 horas del 15 de diciembre próximo en donde determinará si se concede o no la suspensión definitiva y, en su caso, su esta debe mantener un efecto general.

Afore Azteca se amparó contra el tope de comisiones en noviembre de este año; a la vez que la Asociación Mexicana de Afores (Amafore) solicitó más tiempo para que se ajustaran los modelos de negocio de las Administradoras.

La Amafore, que dirige Bernardo González Rosas, dijo que “respecto al tema de amparo y la recién sentencia otorgada por un Juez Federal, dado que forma parte de un proceso legal en curso, es precipitado dar una opinión al respecto en este momento”.

Agregó que con la reforma a las pensiones del presidente Andrés Manuel López Obrador realizada en 2020 se refrendó que el Sistema de Ahorro para el Retiro es el mecanismo idóneo para administrar el ahorro de los trabajadores, así como para contar financiamiento responsable que catalice el desarrollo nacional.

Con información de Ana Martínez.

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