Economía

¿Trabajaste para dos patrones? Presenta tu declaración al fisco

Deben declarar quienes además de un salario fijo percibieron otros ingresos por honorarios, arrendamiento, actividades empresariales.

30 de abril es la fecha límite del fisco para que las personas físicas presenten su declaración de impuestos.

Los contribuyentes que tuvieron ingresos mayores a 400 mil pesos durante el año pasado están obligados a presentar declaración de impuestos durante el mes de abril; lo mismo deben hacer quienes se cambiaron de trabajo el año pasado y recibieron un sueldo de dos empresas distintas, independientemente de si percibieron la cantidad mencionada o no, afirmó Rafael Lores.

El presidente de CPA Visión, agregó que también están obligados a enterar su declaración fiscal al SAT quienes informaron por escrito a su patrón que ellos harían su trámite por separado.

También deben declarar los trabajadores que fueron despedidos o renunciaron a una empresa o negocio antes del 31 de diciembre de 2021.

Asimismo, están obligados a declarar quienes percibieron un salario fijo, pero además tuvieron otros ingresos acumulables, por concepto de honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, entre otros.


Lores añadió que las personas que recibieron ingresos por concepto de jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral, también deben declarar ante el fisco.

Los contribuyentes que recibieron intereses financieros por un monto superior a los 100 mil pesos durante el año pasado también deben presentar declaración, agregó el especialista.

Indicó que también están obligados a declarar siempre quienes reciben ingresos únicamente por honorarios, actividad empresarial, arrendamiento, quienes en ese año tuvieron ingresos por venta o compra de bienes.

Otros contribuyentes obligados son quienes tienen ingresos por dividendos u otras percepciones, o quienes recibieron más de 600 mil pesos por préstamos, donativos y premios.

Tienen que declarar quienes recibieron más de 500 mil pesos de viáticos, venta de casa habitación, herencias o legados.

El SAT precisa que los ingresos que se perciben por jubilación o pensiones, en una sola exhibición, estarán exentos del ISR hasta por 3.159 millones de pesos.


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