La Comisión Reguladora de Energía (CRE) rechazó la solicitud de siete empresas que buscaban generar, en conjunto, 880 MW de energía eléctrica limpia.
En sesión ordinaria, los comisionados del órgano regulador mantuvieron la tendencia de negar cualquier permiso para generar energía eléctrica que provenga del sector privado.
El proyecto más grande al que se le negó el permiso de generación fue a la empresa Recursos Solares PV de México V, ya que pretendían generar 230.75 MW de energía solar en el estado de Campeche.
La negativa también aplicó para FRV San Isidro, quien buscaba generar 120 MW de energía solar en Tamaulipas, seguido de Scutti Solar 3 (114.45 MW de energía solar en Hidalgo), Energía El Trojano (108.13 MW en Tlaxcala), 360 Plaza de Cibeles (76.5 MW en Zacatecas) y Parque Solar las Lomas de Ocampo III (30 MW en Coahuila).
Adicionalmente, también se ‘bateó’ el permiso de generación eléctrica para un proyecto cuya fuente primaria es el viento y que fue solicitado por Parques Eólicos de México (200 MW en Coahuila).
Cinco de las siete solicitudes estaban esperando una respuesta por parte de los comisionados de la CRE desde febrero-noviembre de 2020, mientras que el proyecto eólico aguardaba desde febrero de 2021.
Por otra parte, el órgano de gobierno de la CRE también informó que 19 proyectos contarán con la autorización para excluirse de los centros de carga de diversos establecimientos y socios, específicamente con relación a los permisos de cogeneración y de autoabastecimiento de energía eléctrica.
Entre las empresas incluidas se encuentran Iberdrola Cogeneración Altamira, Bajío y Ramos, Iberdrola Energía Altamira, del Golfo, la Laguna, Monterrey, Tamazunchale e Iberdrola Renovables del Bajío.
Asimismo, a Iberdrola Energía Altamira se le negaron sus planes de expansión relativos a los permisos para generar energía eléctrica y de autoabastecimiento.
Posteriormente, este viernes, en sesión extraordinaria, la CRE emitió las disposiciones administrativas de carácter general que establecen la metodología para la determinación de precios máximos de gas licuado de petróleo objeto de venta al usuario final.
Sin embargo, la comisionada Norma Leticia Campos Aragón señaló que la metodología era “insuficiente” ya que hay una escasa regulación en el último eslabón de la cadena de valor de la industria de gas LP.
“Destaco la urgente necesidad de emitir regulación que permita el monitoreo y vigilancia rigurosa en todas las actividades de la cadena de valor de esta industria con el objeto principal de elevar la eficiencia hasta que los precios sean más accesibles para los usuarios finales”, dijo.