La Comisión Reguladora de Energía (CRE) publicó este jueves en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un acuerdo para establecer la nueva metodología que determinará los precios máximos del gas LP en todo el país.
De esta forma, el órgano regulador fijará precios máximos para este energético por tiempo indefinido, ya que de acuerdo con un dictamen preliminar emitido por la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) se determinó que no existen condiciones de competencia en el mercado del gas LP.
“La CRE llevará a cabo una regulación de precios máximos de Gas LP, en tanto no existan condiciones de competencia que permitan la libre determinación de precios bajo condiciones de mercado”, manifestó el órgano regulador.
Durante el último año, la CRE ha venido publicando, semana a semana, precios máximos para la venta de gas LP, debido a los altos precios que venía registrando este energético.
El 1 de agosto de 2021 comenzó a implementarse esta medida, y posteriormente, en enero de 2022, se publicó una prórroga de seis meses, por lo que a finales de julio de este año terminaba la vigencia de esta regulación.
De acuerdo con la CRE, a partir de la entrada en vigor de la regulación de precios máximos, entre el 1 de agosto de 2021 y el 31 de mayo de 2022, cada hogar mexicano ahorró 897 pesos en su consumo de gas LP.
La comisión estima que, sin una regulación de precios máximos, el precio promedio al usuario final de gas LP podría haber llegado hasta los 35.36 pesos por kilo, lo que representaría una diferencia aproximada de 11.00 pesos respecto al precio regulado.
Según el órgano regulador, el 79 por ciento de la población mexicana utiliza el gas LP como el principal combustible para sus actividades cotidianas, por lo que es indispensable regular los precios excesivos del gas LP.
La nueva metodología dividirá al país en 220 regiones, y el cálculo semana de los precios máximos de gas LP por región se realizará mediante un modelo de costos, en el que se consideran el tipo de planta que suministra el producto, así como la inversión inicial, los costos de regulación, los costos de operación, administración y mantenimiento de la planta.
También se tomarán en cuenta los costos y parámetros de eficiencia estimados, los volúmenes de venta asociados a cada región, el costo unitario de flete estimado para cada una de las regiones y el margen de comercialización, el cual considera una Tasa Interna de Retorno (TIR) que permita a los permisionarios la recuperación de los costos totales por la inversión y operación del permiso de distribución de Gas LP mediante planta, en un plazo máximo de veinte años y un margen de utilidad por la realización de la actividad.
El presente acuerdo entrará en vigor el 30 de julio de 2022.