El Servicio de Administración Tributaria (SAT) advierte que son prácticas fiscales indebidas negar la emisión y entrega de una factura si el contribuyente no muestra su Cédula de Identificación Fiscal o Constancia de Situación Fiscal.
Basta con que la persona de verbalmente o por escrito sus datos, para que se le entregue la factura de inmediato.
“Para solicitar el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o factura en la compra de productos o por la prestación servicios, no se requiere entregar al proveedor la Cédula de Identificación Fiscal o Constancia de Situación Fiscal”, enfatizó.
Lo anterior fue dado a conocer mediante la Séptima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023, publicada este 18 de octubre en el Diario Oficial de la Federación.
El contribuyente que solicite una factura solo está obligado a proporcionar verbalmente o por escrito la clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), nombre o razón social, código postal del domicilio fiscal y el uso fiscal que le dará a dicho comprobante, por ejemplo, gastos en general o adquisición de mercancías.
A través de la factura, las personas físicas y morales comprueban ante el SAT la existencia de sus operaciones, ya que este documento contiene, entre otros, la descripción del bien adquirido o servicio prestado, la fecha de transacción, el costo y los impuestos correspondientes.
El SAT cuenta con servicios de facturación gratuita a través del Porta. Además, en julio pasado la autoridad tributaria puso a disposición de los contribuyentes la aplicación Factura SAT Móvil, una herramienta para la emisión de facturas de manera fácil, rápida y gratuita.
Cabe señalar que el Código Fiscal de la Federación establece que la factura debe emitirse en el momento en que se realiza la transacción en archivo electrónico y cuando el cliente lo requiera se entregará su representación impresa, por lo que también es una práctica fiscal indebida que se solicite al contribuyente ingresar a sitios web para que capture sus datos de identificación para generar el comprobante fiscal. De esta manera, el SAT señala que son prácticas fiscales indebidas: Condicionar la expedición de facturas a la exhibición de la Cédula de Identificación Fiscal o Constancia de Situación Fiscal.
Negar la emisión de la factura en el establecimiento o local comercial y trasladar al cliente la obligación de generarla, incluso si el pago se realiza en efectivo.
Para presentar una denuncia por alguna de estas prácticas, el SAT pone a disposición los siguientes medios de contacto, las 24 horas del día:
- Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx
- Quejas y Denuncias SAT: 55 8852 2222 Internacional: 1 52 55 8852 2222
- Teléfonos Rojos ubicados en las oficinas del SAT En el Portal del SAT, consulta el servicio de conciliación de factura: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/87088/solicitudes-por-la-no-emision-de-factura