Economía

Senado ‘blinda’ finanzas públicas con reforma al Fondo de Ingresos Presupuestarios

La reforma ayuda al fortalecimiento del Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios, al mejorar las reglas fiscales.

El Senado en sesión ordinaria. (Cuartoscuro)

El pleno del Senado aprobó la madrugada de este jueves un decreto que reforma y adiciona a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), con el objetivo de fortalecer el Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios (FEIP), optimizando sus mecanismos de capitalización.

Rodrigo Mariscal, jefe de la Unidad de Planeación Económica de Hacienda, explicó que “el nuevo decreto significa un gran paso para mejorar las reglas fiscales y brindar mayor protección a las finanzas públicas del país ante los ciclos económicos”.

Explicó que el FEIP sirve para garantizar el ejercicio de gasto tal como fue presupuestado y aprobado por el Congreso ante caídas de los ingresos no anticipados en el Presupuesto de Egresos de la Federación por el marco macroeconómico.

El economista precisó que el FEIP tiene 3 fuentes de ingresos: 1) de salida en el PPEF se destina el 2.2 por ciento de los ingresos petroleros del GF; 2) 30 por ciento del Remanente de Operación de Banxico y 3) 65 por ciento de ingresos excedentes durante el ejercicio fiscal, pero después de una lista de prioridades.


Antes hay que compensar: 1) mayor gasto no programable (participaciones, costo financiero y Adefas; 2) la atención de desastres naturales; 3) apoyos a tarifas eléctricas por mayor costo de combustibles y 4) compensar menores ingresos en otros rubros de acuerdo con el artículo 19 de la LFPRH.

“El problema es que estas fuentes son insuficientes, históricamente los mayores ingresos (70.6 por ciento) no son recurrentes, más bien fortuitos, además de que los ingresos petroleros han ido a la baja por más de 11 años”, detalló Rodrigo.

Los montos bajos de ingresos recurrentes, así como a la naturaleza fortuita y el orden de prelación de los ingresos excedentes, hacen que el FEIP no pueda capitalizarse con la velocidad necesaria para afrontar los ciclos económicos.

“Estimamos que se necesita al menos 0.5 por ciento del PIB para enfrentar una caída de ingresos como se ha visto antes. No obstante, con el mecanismo actual se necesitarían 11 años para poder llegar a este saldo, mientras que las recesiones en México ocurren cada 7 años en promedio”, abundó el economista en jefe de Hacienda.


El punto 2 causó mucha discusión y lamentable desinformación en 2022. Por ello es importante aclarar la referencia a activos exclusivamente del Gobierno Federal, y no de empresas ni de organismos autónomos.

Aclaró que el cambio en la LFPRH no subordina a ninguna de las Leyes del IMSS, ISSSTE, Banxico, Pemex, etcétera que regulan las aportaciones de estas entidades ni obliga a sus Consejos, y jamás fue la intención de la Ley, a dar recursos al Gobierno Federal.

“No obstante, se hace explícito que, en los activos financieros susceptibles de aportación, no se consideran los recursos de los Fondos establecidos para la administración, manejo y uso de las aportaciones de seguridad social de los trabajadores, por si quedaba duda”, subrayó.

Mariscal expuso que los activos financieros del gobierno son todos aquellos haberes en forma de efectivo, valores, instrumentos de patrimonio neto, cartera de crédito, títulos de crédito, el derecho contractual a recibir efectivo u otro activo de otra entidad, o a intercambiar activos en condiciones que pudieran ser favorables para la entidad, o bien, un contrato que sea o pueda ser liquidado utilizando instrumentos de patrimonio neto propios de la entidad y sea (i) un instrumento financiero no derivado mediante el cual la entidad esté o pueda estar obligada a recibir una cantidad variable de sus instrumentos de patrimonio neto propios, o (ii) un instrumento financiero derivado que sea o pueda ser liquidado a través de un intercambio de una cantidad de efectivo por una cantidad de instrumentos de patrimonio neto propios de la entidad, en la cual al menos alguna de las dos cantidades es variable. Para efectos de las operaciones de reporto, los activos financieros serán en todo momento aquéllos permitidos conforme a la regulación vigente.

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