Economía

¿Deudas en el SAT? Personas físicas podrán liquidar con ‘pagos chiquitos’

El SAT pide cumplir con una serie de requisitos para hacer el pago de tus adeudos en parcialidades, evitando que tu cartera se quede vacía.

El SAT permitirá pagos en parcialidades que deben liquidarse antes de octubre. (Cuartoscuro)

¿La declaración de impuestos se te salió de las manos? pues el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ofrece a quienes hagan el ejercicio fiscal 2023 la posibilidad de pagar el saldo restante en parcialidades, siendo una alternativa para evitar hacer grandes gastos y sin atrasarte en tus obligaciones fiscales.

Este lunes 1 de abril confirmó a través de un comunicado que los contribuyentes tienen oportunidad de cubrir su saldo en hasta seis parcialidades, siempre y cuando se cumpla con una serie de requisitos.

Las parcialidades son mensuales, es decir que puedes terminar de pagar tu adeudo con el SAT hasta septiembre, aliviando tus finanzas en caso de que lo necesites y ayudándote a que evites caer irregularidades.

¿Cómo funciona el pago en parcialidades del SAT?

El servicio indica que una vez hecha tu declaración de impuestos, y solo si cumples con los requisitos, puedes seleccionar que el pago de la modalidad sea en parcialidades. Con ello, el sistema te permitirá hacer el pago de tus impuestos a meses.


Tu responsabilidad es dar el pago de la primera mensualidad en abril y los siguientes una vez por mes, teniendo hasta el último día de cada mes para cubrir el monto correspondiente.

El SAT explica que se deben usar las líneas de captura generadas por el sistema a la hora de hacer la declaración.

¿Cuáles son los requisitos del SAT para hacer el pago de tu adeudo en parcialidades?

De acuerdo con el SAT, es fundamental que cumplas con esta serie de requisitos para que se te permita el pago de la deuda fiscal en parcialidades:

  • Cumplir con tu declaración en tiempo y forma, es decir, en abril.
  • Cubrir la primera mensualidad en abril.
  • Hacer el pago en las instituciones de crédito autorizadas.
  • Además, tienes opción de hacer pagos anticipados y con ello acelerar el proceso para cubrir tu deuda.
  • Se cobrarán recargos en caso de que llegues a retrasarte con los pagos.
  • La última mensualidad se debe cubrir, en todos los casos, a más tardar el 30 de abril.

Cuando hagas tu declaración, considera los beneficios de cubrir tus adeudos con el SAT en parcialidades, y si eliges esta modalidad, evita endeudarte al retrasarte en los pagos.

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