Economía

Subiría la tasa de retención de intereses bancarios

Analistas consideran preocupante que en el 2017 se eleve de 0.50 a 0.58% la tasa de retención fija que cobrarán los bancos a los clientes por guardar su dinero.

Para 2017, toda persona que tenga dinero en un banco, tendrá una mayor tasa de retención fija, al pasar de 0.50 por ciento a 0.58 por ciento sobre el monto de capital para calcular el pago de intereses, de acuerdo a la Propuesta de la Ley de Ingresos para el próximo año.

"Hasta el año corriente la tasa es de 0.50 sobre el capital invertido, y se pretende modificar al 0.58, es un aumento a los impuestos de los contribuyentes que tiene inversiones en el sistema financiero y nos preocupa, porque es un incremento en el impuesto, que nos dijeron que no iba a suceder", refirió el vicepresidente fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), Luis Sánchez Galguera.

De acuerdo con el especialista, el incremento en esta tasa no tiene relación con lo que ocurre actualmente y es excesiva, porque la tasa de interés real ha sido muy baja, y en comparación con la inflación, los rendimientos son negativos.

De acuerdo a los Criterios Generales, para fin de este año se prevé una inflación de 3.2 por ciento, y para 2017 de tres por ciento. Mientras que para la tasa de interés (Cetes 28 días), nominal para fin de periodo se prevé en 4.5 por ciento para 2016, y de 5.3 para finales de 2017.

De aprobarse esta propuesta se vería afectado "todo el que tiene dinero en un banco, no representa un impacto para el exceso recaudatorio, porque es marginal con respecto a lo que ya tenían, pero desde el punto de vista del inversionista individual sí le afecta en su patrimonio", refirió.

DEVOLUCIONES DE IVA MÁS LENTAS

En materia de IVA se propone que sea pagado previo a que una empresa arranque operaciones (periodo preoperatorio) y lo recupere hasta que empiece a operar.

"El problema es que quien pagó el gasto tiene el derecho a recuperar ese IVA. Es una especie de jineteo, de financiamiento por parte del fisco", indicó Sánchez Galguera.

De acuerdo con la Ley del IVA las empresas deben erogar algunos gastos antes de iniciar operaciones, susceptibles de ser recuperados. En este sentido se especifica que quien paga puede recuperarlo, aún cuando no haya arrancado la producción, esto está vigente en el ejercicio fiscal de 2016.

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