El martes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) fijó un precedente en materia de derechos para las personas gestantes y, sobre todo, para las mujeres, al declarar inconstitucional la penalización del aborto.
Por decisión unánime, la Corte invalidó el artículo 196 del Código Penal del estado de Coahuila, el cual planteaba la imposición de la pena de prisión de uno a tres años a la mujer que voluntariamente interrumpiera su embarazo y que se hacía extensivo a las personas que le asistieran.
El recurso se refiere a una ley de ese estado y afectará de forma inmediata sólo a esa región. Además, establece un “criterio obligatorio para todos los jueces y juezas del país” que deberán actuar en el mismo sentido si les llegan casos similares, dijo el presidente de la Corte, Arturo Fernando Zaldívar Lelo de Larrea.
Pero, ¿cuál es la diferencia entre legalizar y despenalizar?
De acuerdo con la Real Academia Española (RAE), despenalizar se refiere a dejar de tipificar como delito o falta una conducta anteriormente castigada por la legislación penal. Esto quiere decir que el aborto deje de ser considerado un delito.
En tanto, legalizar se define como una conducta sea avalada por la ley.
Acerca de la reciente declaración, el ministro Luis María Aguilar, quien propuso avalar el artículo 10 Bis y quien elaboró el proyecto, señaló en entrevista con Ciro Gómez Leyva que “no es una contradicción, porque la circunstancia de que sigan vigentes los Códigos Penales de los estados y no los hayan cambiado en las legislaturas, eso no impide que los jueces estén en la obligación de no poder condenar a ninguna mujer por disposición, de tal modo que aunque estén vigentes esos códigos y sigan sin derogarse, de todos los modos los jueces no pueden ya condenar a una mujer a la cárcel o a una sanción penal porque ya existe la jurisprudencia de la Corte”.
En ese sentido, lo que se discutió en el Pleno el día de ayer, se relaciona con la libertad de la mujer para decidir la interrupción del embarazo.
Hasta el momento suman, sin contar a Coahuila, cuatro entidades en México que han despenalizado el aborto: Oaxaca, Hidalgo, Ciudad de México, Veracruz.
Al respecto, el ministro presidente Zaldívar enfatizó que “a partir de ahora no se podrá, sin violar el criterio de la Corte y la Constitución, procesar a mujer alguna que aborte en los supuestos que ha considerado válido este Tribunal Constitucional. A partir de ahora, se inicia una nueva ruta de libertad, de claridad, de dignidad y de respeto a todas las personas gestantes, pero sobre todo a las mujeres”.