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Vuela Viva Aerobus 3 aeronaves de… Malta

Las aeronaves han realizado vuelos desde el 16 de noviembre, en las ciudades de Cancún, Tijuana y Monterrey.

Ángel Domínguez, presidente del CPAM, arremetió contra las autoridades aéreas mexicanas por desconocer su propia legislación. [Fotografía. Especial]

La aerolínea de bajo costo ha comenzado a volar con aeronaves de bandera de Malta, esto como parte de su estrategia para mitigar el impacto del mantenimiento adelantado a una serie de aeronaves Airbus que tienen problemas con los frenos de disco.

De acuerdo con los itinerarios, la empresa tiene en su flota tres aeronaves extranjeras, con bandera y tripulaciones extranjeras, una violación a la ley en la materia de acuerdo con gremios de pilotos, como el Colegio de Pilotos y la Asociación Sindical de Pilotos Aviadores (ASPA), a quienes el gobierno ha señalado de no perseguir “el bien común” por señalar irregularidades y la falta a la Constitución.

Las aeronaves que ya están operando están identificadas con las matrículas 9H-SWB y 9H-SWJ, ambas inscritas con el operador Avion Express Malta, una empresa que es filial de Avion Express, inscrita en Lituania.

Ambas aeronaves han realizado vuelos desde el 16 de noviembre, con vuelos entre Cancún y Monterrey, además de Tijuana a Monterrey.


Al respecto, el presidente del Colegio de Pilotos Aviadores de México (CPAM), Ángel Domínguez, indicó que la AFAC es una institución que desconoce la propia legislación de la que debería supervisar el cabal cumplimiento.

“Esto no muestra otra cosa que la AFAC es débil y desconoce la legislación, los reglamentos y las circulares obligatorias”, lamentó el capitán en entrevista para El Financiero.

Las violaciones a las leyes mexicanas y a la Constitución están cimentadas, detalló Domínguez, en tres puntos: la ausencia de un convenio bilateral con Malta, al artículo 45 de la ley de aviación en materia de arrendamiento, en el que se establece que las aeronaves que vuelen en México deben ser de bandera y tripulaciones mexicanas; y en el 32 Constitucional.

Dicho artículo indica que, para ser capitanes, pilotos, patrones, maquinistas, mecánicos y, de una manera general, para todo el personal que tripule cualquier aeronave o embarcación dedicada al tráfico de cabotaje nacional que se ampare con la bandera o insignia mercante mexicana es necesario ser mexicano por nacimiento.

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