El pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó los lineamientos generales que establecen los requisitos, términos y condiciones que los actuales concesionarios de radiodifusión, telecomunicaciones y telefonía deberán cumplir para que se les autorice la prestación de servicios adicionales a los que son objeto de su concesión.
A través de un comunicado, el IFT informó que será hasta que el Congreso de la Unión expida la legislación secundaria para que el regulador esté en posibilidad de fijar los requisitos que los concesionarios deberán cumplir para transitar al modelo de concesión única.
El IFT dijo que es importante señalar que en este momento el Instituto sólo está en posibilidad de determinar los requisitos, términos y condiciones que deberán cumplir los actuales concesionarios que pretendan solicitar servicios adicionales a los autorizados en los títulos de concesión respectivos.
Lo anterior debido a que hasta ahora el IFT no cuenta con los elementos necesarios para definir los requisitos que los concesionarios deberán cumplir para transitar al modelo de concesión única, debido a que el alcance de dichas concesiones se encuentra reservado a lo que disponga la ley reglamentaria que expida el Congreso de la Unión.
Los lineamientos aprobados contemplan el establecimiento tanto de requisitos generales como específicos aplicables a todo tipo de concesiones de servicios de radiodifusión, telecomunicaciones y telefonía, comentó el IFT.
Dicho lineamientos serán válidos para concesionarios de bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico; concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones; concesionarios con prohibición o restricción expresa para prestar servicios determinados, o concesiones cuyos titulares han sido declarados como parte de los grupos de interés que conforman a los agentes económicos preponderantes, de conformidad con el mandato constitucional.
Los lineamientos destacan que la autorización que en su caso emita el Instituto respecto de solicitudes de servicios adicionales, será sin perjuicio de la obligación de continuar la prestación de los servicios contemplados en la concesión de que se trate.
En los próximos días, estas disposiciones serán publicadas en el Diario Oficial de la Federación para efectos de su entrada en vigor, indicó el comunicado.
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