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Profeco debería crear área especializada en telecomunicaciones

La iniciativa enviada por el presidente Enrique Peña Nieto al Senado contempla que la Profeco deberá crear una subprocuraduría que vigile los derechos de los usuarios de servicios de telecomunicaciones.

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) deberá crear una subprocuraduría que atienda, promocione y supervise, los derechos de los usuarios de servicios de telecomunicaciones y radiodifusión en el país.

De acuerdo con la iniciativa de Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, la Cámara de Diputados deberá aprobar el presupuesto necesario para desplegar la infraestructura relacionada con esta nueva área.

"Para la atención, promoción y supervisión de los derechos de los usuarios, previstos en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y en la Ley Federal de Protección al Consumidor, la Profeco deberá crear un área especializada con nivel no inferior a subprocuraduría", señala el documento que entregó el Ejecutivo federal al Senado.

De acuerdo con datos de la Profeco, el sector telecomunicaciones acumuló cinco mil 779 quejas a febrero pasado, lo cual representa 26 por ciento de la totalidad de los reclamos recibidos por esta instancia.

La iniciativa del Ejecutivo señala que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y la Profeco, promoverán y verificarán de manera coordinada que los servicios de telecomunicaciones se presten con los estándares de calidad, precio y otras condiciones establecidas.

"El instituto y la Profeco intercambiarán información relacionada con las quejas de los usuarios, el comportamiento comercial de los concesionarios o autorizados, la verificación del cumplimiento de sus obligaciones y sobre las sanciones que impongan a fin de que determinen proceder en el ámbito de su competencia", refiere.

Señala que el IFT emitirá las disposiciones que establezcan las condiciones para que los concesionarios publiquen información transparente, comparable, adecuada y actualizada sobre los precios y tarifas aplicables.

"Sobre los gastos eventuales relacionados con la terminación del contrato, así como información sobre el acceso y la utilización de los servicios que presten a los usuarios o suscriptores. La información será publicada de forma clara, comprensible y fácilmente accesible", señala.

Agrega que no se podrán estipular en los contratos cláusulas donde se puedan cambiar las condiciones, sin previo aviso al usuario o suscriptor, y en caso de que exista una modificación el cliente conservará el derecho a rescindir el contrato dentro de los 60 días naturales siguientes sin penalización.

"Los concesionarios o autorizados deberán registrar ante la Profeco previamente a su utilización, los modelos de contatos de adhesión que pretendan celebrar con los usuarios", establece la iniciativa que recibió la Cámara de Senadores de parte del Ejecutivo.

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