De forma unánime, el Congreso de Sinaloa aprobó reformas a la Constitución local para establecer la revocación de mandato para quien ocupe la gubernatura.
Con 39 votos a favor, en sesión pública ordinaria, el Pleno aprobó dictamen elaborado por la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación.
Diputadas y diputados consideraron oportunas y viables las propuestas de reformas y adiciones a la Constitución Política del Estado de Sinaloa con el propósito de armonizar dicha figura con los parámetros federales, que permita garantizar a las y los sinaloenses el derecho a participar en los procesos de revocación de mandato de quien ocupe la titularidad del Poder Ejecutivo local.
Con estas reformas se fortalece el sistema de representación política, debido que obliga a quien ocupe la titularidad del Ejecutivo local a cumplir con sus responsabilidades, obligaciones y compromisos asumidos. De lo contrario las y los ciudadanos sinaloenses podrán hacer uso de dicho instrumento para remover de su cargo al titular del Gobierno estatal.
Se aprobó dictamen elaborado con las iniciativas presentadas ante el Congreso por el gobernador de Sinaloa, Rubén Rocha Moya; los grupos parlamentarios de Morena y el PAS, y un grupo de ciudadanas y ciudadanos sinaloenses.
¿Cómo funcionará la revocación de mandato en Sinaloa?
Será convocada por el Instituto Electoral del Estado de Sinaloa a petición de las ciudadanas y ciudadanos, en un número que sea equivalente al menos a 10 por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores del estado.
Otro requisito es que ese número se cumplan en al menos 11 de los 18 municipios de Sinaloa, es decir, más de la mitad.
La consulta de revocación se podrá solicitar en una sola ocasión y durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del período constitucional.
Se realizará mediante votación libre, directa y secreta de ciudadanas y ciudadanos inscritos en la lista nominal del estado, el domingo siguiente a los noventa días posteriores a la convocatoria y en fecha no coincidente con las jornadas electorales, federal o local.
El IEES tendrá a su cargo la organización, desarrollo y cómputo de la votación. El cómputo final lo realizará el Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa. Para que el proceso de revocación de mandato sea válido deberá haber una participación de, por lo menos, el 40 por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores del estado.
En caso de haberse revocado el mandato del gobernador o gobernadora, el Congreso nombrará dentro de los treinta días siguientes a quien concluirá el período constitucional.
El Congreso del Estado deberá expedir la Ley de Revocación de Mandato para el Estado de Sinaloa dentro de los ciento ochenta días posteriores a la entrada en vigor del presente decreto.