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¡Qué no se te pase! Se acerca plazo para seguir en el Régimen de Incorporación Fiscal

Te decimos cómo dar el aviso para continuar en el Régimen de Incorporación Fiscal.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) solicita presentar el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones antes del 31 de enero. (Cuartoscuro)

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer que las personas físicas que desean continuar tributando en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) deberán presentar un aviso antes del 31 de enero, como consecuencia de los cambios fiscales de 2022.

¿Cómo presento el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones?

Lo primero que debes hacer es ingresar al sitio web del SAT y dar clic al apartado Trámites del RFC/Actualización del RFC. Posteriormente, y deberás ingresar a la opción “presenta el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones”.

Dentro de esa opción aparecerá la pregunta ¿Optas por continuar pagando tus impuestos en el Régimen de Incorporación Fiscal?, da un clic “Sí, opto por continuar en el Régimen de Incorporación Fiscal”, para continuar en dicho régimen.

De no hacerlo, el Servicio de Administración Tributaria te asignará a partir del 1 de febrero un régimen de acuerdo con las disposiciones aplicables.


¿Quiénes pueden tributar?

Las personas físicas cuyos ingresos anuales no rebasan los 3.5 millones de pesos y realizan las siguientes actividades:

  • Actividades empresariales y profesionales (talleres mecánicos, imprentas, restaurantes, cafeterías, cocinas económicas, cantinas, bares, tiendas de abarrotes, misceláneas, minisúpers, escuelas, guarderías, ferreterías y refaccionarias, entre otras; así como, abogados, contadores y médicos).
  • Actividades de uso o goce de bienes inmuebles (arrendamiento de departamentos, casas y locales comerciales, entre otros).
  • Actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras.


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