¿Sabías que si fallece tu pareja y es jubilado o jubilada del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), puedes solicitar la pensión por viudez? Te contamos los detalles de los trámites y el proceso.
La pensión por viudez se otorga a esposas, esposos, concubinas o concubinos, según sea el caso de la persona fallecida.
Para que la pareja sea acreditada como concubino o concubina, las personas debieron haber vivido en unión libre por cinco años o más.
Requisitos para solicitar la pensión por viudez
- Comprobar vínculo matrimonial o de concubinato.
- El o la fallecido debió tener al momento de morir 150 semanas de cotización.
- El o la fallecida debió tener vigencia de derechos bajo los esquemas de invalidez, retiro o cesantía en edad avanzada.
Proceso
- Dirígete a la página web http://www.gob.mx/
- Sigue la ruta: buscador, escribe ‘pensión por viudez’ y selecciona ‘Ubica tu oficina más cercana’.
- Proporciona la información que se solicita.
- Se te mostrará una lista con las oficinas más cercanas a tu ubicación.
Documentos
- Solicitud de pensión.
- Documento que contenga el Número de Seguridad Social (NSS) expedido por el IMSS, Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) o AFORE del fallecido (a).
- Copia certificada del acta de defunción, emitida por el Registro Civil.
- Identificación oficial.
- CURP.
- Comprobante de domicilio.
- RFC.
- Datos bancarios como número de cuenta y CLABE.
- Copia de acta de nacimiento.
- Copia de acta de matrimonio, copia certificada de la resolución de concubinato o copias de las actas de nacimiento de los hijos procreados, según sea el caso.