Como cada año, las personas morales (y físicas) están obligadas al cumplimiento de la declaración anual. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que la fecha límite para presentar la correspondiente al ejercicio fiscal 2021, es el último día de marzo.
La declaración viene prellenada, y esto ha generado diverso problemas relacionados con las pérdidas fiscales que hay en las empresas (personas morales, como S.A., S. de R.L. A.C., S.C., etc.). Otros entes económicos también pueden generar pérdida fiscal.
La pérdida fiscal se presenta cuando la empresa gasta más de los ingresos que recibe, esto es posible cuando el capital que se aportó a la empresa absorbe los gastos excedentes. Se reconoce por pérdida fiscal, cuando la pérdida se causa, sometida a las reglas que fija la Ley de Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Recomendaciones sobre pérdida fiscal
El SAT da una serie de recomendaciones para realizar tu declaración anual, en donde te da una serie de soluciones a los problemas relacionados la misma, en un documento denominado ‘Declaración anual para personas morales 2021. Preguntas frecuentes’.
En el apartado de las pérdida fiscales dice que en la declaración anual del ejercicio 2021 no se visualizan las pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores, las cuales fueron declaradas correctamente en el ejercicio 2020 ¿Cómo puedo visualizarlas en mi declaración?
El documento del SAT dice que en la pregunta ¿tienes pérdidas fiscales de ejercicios anteriores por aplicar? ubicada en el apartado de “determinación”, deberás de volver a dar respuesta a dicha pregunta seleccionando alguna de las opciones conteste “no” y después conteste “sí”, esto hará que se actualice la información precargada de los importes de pérdidas fiscales pendientes de aplicar.
El SAT destaca que en caso de que tengas una declaración guardada sin enviar (declaración temporal) del ejercicio 2021, deberás eliminarla. Asimismo, borra el historial, cookies y cache para que se actualice la precarga de la información.
Otra de las preguntas frecuentes es que si en la declaración anual del ejercicio 2019 se obtuvo como resultado una pérdida fiscal, pero que no se refleja en la declaración 2021. ¿cómo puede aplicase en la declaración de la empresa.
La respuesta es que si en la declaración anual 2019 tu resultado fue una pérdida fiscal, deberás verificar si ésta quedo registrada en el campo “Pérdida fiscal del ejercicio”, ubicado en el apartado de determinación del impuesto. En caso de que no la veas reflejada en este campo y en su lugar observes el campo “Utilidad fiscal del ejercicio” “0″, realiza el siguiente procedimiento para que tu pérdida del ejercicio 2019 se precargue en la declaración 2021:
1. Presenta una declaración complementaria de modificación del ejercicio 2019, sin que modifiques ningún dato, a fin de que se corrija el resultado obtenido y se muestre el monto de tu pérdida en el campo “Pérdida fiscal del ejercicio”.
2. Espera 24 horas para que la información de tu declaración 2019, se vea reflejada en la declaración 2020.
3. Posteriormente, presenta una declaración complementaria de modificación del ejercicio 2020, contesta “Sí” a la pregunta ¿Tienes pérdidas fiscales de ejercicios anteriores por aplicar? ubicada en el apartado de “Determinación”
4. Se habilitará el campo “Pérdida de ejercicios anteriores que se aplican en el ejercicio” el cual contendrá un botón de “Captura”, selecciónalo y se habilitará un apartado donde debes registrar el importe actualizado de tus pérdidas fiscales de ejercicios anteriores para que se generen los saldos remanentes pendientes de aplicar de tus pérdidas fiscales.
5. Realiza el envío de tu declaración, espera 24 horas para que la información de tu declaración 2020, se vea reflejada en la declaración 2021.
6. Posteriormente, ingresa a presentar tu declaración anual 2021, en la cual ya se precargará el importe de tus pérdidas fiscales.
Por último, si en la declaración anual del ejercicio fiscal 2021 no puedes aplicar el importe de tus pérdidas fiscales de ejercicios anteriores, lo que debes hacer para aplicarlas es lo siguiente:
Deberás contestar “Sí” a la pregunta “¿Tienes pérdidas fiscales de ejercicios anteriores por aplicar?” con ello se habilitará el campo “Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores que se aplican en el ejercicio” el cual contará con un botón de “Captura”.
Al seleccionarlo, se habilitará un apartado que contendrá precargado los importes de las pérdidas registradas en la declaración del ejercicio 2020. En caso de que hayas omitido declarar estos importes, deberás presentar una declaración complementaria de modificación del ejercicio 2020, con el fin de que los registres en dicha declaración y con ellos se precarguen los remanentes de tus pérdidas en la del ejercicio 2021.
Dicha pérdida se puede disminuir de la utilidad fiscal de los 10 ejercicios siguientes hasta agotarla, y cuando en un ejercicio no se disminuya, pudiendo haberlo hecho, se perderá el derecho a realizarlo en los ejercicios posteriores y hasta por la cantidad en la que pudo haberlo efectuado