La pensión es un derecho que tienen todas y todos los trabajadores, la cual garantiza que los empleados y sus familias cuenten con protección a lo largo de su vida laboral y, cuando lleguen a la edad de jubilación, puedan tener una vejez digna y tranquila.
En México existen distintos tipos de pensiones, pero las más recurrentes son las otorgadas por el IMSS, ISSSTE y las del Bienestar, esta última está a cargo del Gobierno federal que entrega los recursos a las personas más vulnerables.
Pensiones del IMSS
- Pensión por vejez y por cesantía en edad avanzada: Este tipo de pensión es una prestación económica que te protege como trabajador y que puedes acceder una vez que cumplas 60 años. Sin embargo, tiene distintas características y requisitos que dependen del momento en el cual comenzaste a cotizar en el IMSS.
- Pensión por riesgo de trabajo: Si el trabajador quiere acceder a este beneficio debe contar con dictamen médico que califica su enfermedad o accidente de trabajo como de incapacidad permanente total o parcial para seguir trabajando. Recuerda que la pensión puede ser provisional por un periodo de adaptación hasta de dos años o definitiva, según lo indique el dictamen médico.
- Pensión por invalidez: Se considera como invalidez cuando el asegurado mantiene un estado físico o mental que le impide realizar labores remuneradas de la misma forma o equivalente al 50 por ciento de la actividad que realizaba durante su último año de labores, siempre que esto haya sido causado por una cuestión ajena a su ejercicio profesional.
- Pensión por viudez: Si eres esposa o concubina de un asegurado o pensionado ante el IMSS y falleció, puedes solicitar este beneficio. Recuerda que, si existen dos o más esposas o concubinas, ninguna tendrá derecho a la pensión. Tratándose del fallecimiento del pensionado se requiere que éste, al momento de la muerte, haya estado vigente en sus derechos.
- Pensión por orfandad: En esta modalidad, que es posterior al fallecimiento de un asegurado o pensionado ante el IMSS, el representante legal de los hijos menores de edad de hasta 16 años puede solicitar dicha pensión. Se debe acreditar al menos 150 semanas cotizadas del asegurado o en caso de que hayas recibido una pensión por riesgo de trabajo o invalidez.
Pensiones del ISSSTE
- Pensión por Incapacidad: Se otorga al trabajador asegurado que haya sufrido un accidente o enfermedad de trabajo.
- Pensión de viudez o concubinato a causa de un accidente de trabajo: Se otorga al viudo o viuda o bien a la concubina o concubinario de un trabajador que haya fallecido a consecuencia de un riesgo de trabajo.
- Pensión de orfandad a causa de un accidente de trabajo: Se otorga a los hijos de un trabajador que haya fallecido a consecuencia de un riesgo de trabajo, siempre que estos sean menores de 18 años o mayores de esta edad y hasta los 25 años. Tendrán que comprobar que están realizando estudios de nivel medio o superior en planteles oficiales o reconocidos.
- Pensión por Cesantía en Edad Avanzada: Se otorga al trabajador asegurado cuando quede privado de trabajo remunerado a partir de los 60 años de edad.
- Pensión por Vejez: Se otorga al trabajador asegurado que haya cumplido 65 años de edad y tenga reconocidos por el Instituto un mínimo de 25 años de cotización.
- Pensión por Invalidez: Se otorga la Pensión de Invalidez al trabajador activo que haya quedado imposibilitado para procurarse, mediante un trabajo igual, una remuneración superior al 50 por ciento de su remuneración habitual percibida durante el último año de trabajo, y que esa imposibilidad derive de una enfermedad o accidente no profesional.
Pensiones del Bienestar
- Pensión para Adultos Mayores: Este programa atiende a todos los adultos mayores de 68 años de todo el país y a los adultos mayores de 65 años que viven en los municipios integrantes de pueblos indígenas. Este beneficio otorga un monto económico de 2 mil 550 pesos cada dos meses.
- Pensión para Personas con Discapacidad: Este programa apoya a niñas, niños, adolescentes y jóvenes de 0 a 29 años que tienen discapacidad permanente, así como población indígena de 0 a 64 años.